CONSULTORÍA VIDAL Y ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 3993/2024
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle Castellón número ciento dieciséis, comuna de Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2024, repertorio N°3993/2024, ante don Julio César Alejandro Ferreira Salazar, Notario Suplente de la Segunda Notaría de Concepción: doña SOLANGE ANGELICA VIDAL OPAZO y doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA, domiciliadas en calle Salas número mil ochenta y dos, comuna de Concepción; don CLAUDIO ISAAC OPAZO VIDAL, domiciliado en Berna número dos mil quinientos ochenta y uno, comuna de Hualpén; don DAVID ALEJANDRO OPAZO VIDAL, domiciliado en Cerro Mercedario cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro, comuna de Las Condes, modifican sociedad “CONSULTORÍA VIDAL Y ASOCIADOS LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha veintiséis de diciembre de dos mil veintidós, otorgada ante PAMELA ELIZABETH NEEDHAM AGUILERA, Notario Público de Talcahuano, e inscrita a fojas cuarenta y siete vuelta, número cuarenta, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, correspondiente al año dos mil veintitrés, y publicada en el Diario Oficial con fecha veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, en el siguiente sentido: modificar y ampliar el giro social, El objeto social y giro exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios y/o asesorías profesionales contables y la prestación de servicios de asesoría en recursos humanos y de todo tipo de servicios profesionales relacionados. Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente, sea consecuencia de los mismos o que acuerden los socios, con el fin de acogerse a lo dispuesto en el número dos del artículo cuarenta y dos de la Ley de Impuestos a la Renta; Cesión. Doña SOLANGE ANGELICA VIDAL OPAZO cede y transfiere a doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA, por la suma de trescientos cincuenta mil pesos el veinte por ciento de su participación en la sociedad, quedando como titular del cinco por ciento del capital social. Don CLAUDIO ISAAC OPAZO VIDAL cede y transfiere a doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA, por la suma de trescientos cincuenta mil pesos el veinte por ciento de su participación en la sociedad, quedando como titular del cinco por ciento del capital social. Asimismo, se acuerda el ingreso de don DAVID ALEJANDRO OPAZO VIDAL como nuevo socio, quien adquiere cinco por ciento del haber social, mediante la cesión de dicho porcentaje efectuada por doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA, por la suma de ciento cincuenta mil pesos. Doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA, como consecuencia de las cesiones anteriores, pasa a ser titular del ochenta y cinco por ciento del haber social; Modifican la razón social a Sociedad de Profesionales Vipro Chile Limitada, nombre de fantasía Vipro Chile Limitada; Modificación de la administración, se establece que la sociedad será administrada exclusivamente por doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA; Los socios acuerdan, además, incluir una cláusula especial que establece el derecho de doña MARGARITA ANGÉLICA VIDAL ZAMORA a una pensión privada por parte de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Capital $3.000.000.- Concepción 26 de noviembre de 2024.-