CONSTRUCTORA RM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2024
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2024, bajo el Rep.N°4.137 ante mí, don RICARDO FROILAN MUÑOZ GALLEGOS, cédula de identidad número nueve millones seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos noventa y dos guion tres; doña MARCELA ALEJANDRA BASCUÑAN MUÑOZ, cédula de identidad número quince millones doscientos diez mil ochocientos noventa guion siete; y doña ANA DEL CARMEN MUÑOZ GALLEGOS, cédula de identidad número ocho millones seiscientos quince mil cuatrocientos treinta y cuatro guion K, todos domiciliados en calle ciento seis número mil quinientos cincuenta y cinco casa trece, Las Princesas, ciudad de Concepción. modificaron Sociedad “CONSTRUCTORA RM LIMITADA” RUT: 76.081.368-0 de la siguiente manera: Se retira de la sociedad la socia ANA DEL CARMEN MUÑOZ GALLEGOS titular del cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, quien vende cede y transfiere el total de sus derechos señalados a don RICARDO FROILAN MUÑOZ GALLEGOS, quien los compra acepta y adquiere para sí en la suma de tres dos millones de pesos cancelados en este acto al contado y dinero en efectivo que la socia saliente declara recibir a entera conformidad.- En consecuencia, en virtud de las modificación y venta pactada en este instrumento, la estructura de la integración y participación de los socios en la “sociedad “CONSTRUCTORA RM LIMITADA” es la siguiente: Son socios y dueños únicos de la sociedad, don RICARDO FROILAN MUÑOZ GALLEGOS con un cincuenta y un por ciento de los derechos societarios y doña MARCELA ALEJANDRA BASCUÑAN MUÑOZ con un cuarenta y nueve por ciento de los derechos societarios. De este modo se deja constancia que doña ANA DEL CARMEN MUÑOZ GALLEGOS deja de ser socio y, por ende, tener participación en la sociedad.- Se modifica además la cláusula tercera del pacto social primitivo, modificada en su oportunidad por la escritura de fecha once de noviembre de dos mil diecinueve, en el sentido que la administración será ejercida por ambos socios, pero en el tenor de que, las facultades referentes a la representación y uso de la razón social de la empresa correspondientes a la socia saliente doña Ana del Carmen Muñoz Gallegos, corresponderán al socio entrante don Ricardo Froilán Muñoz Gallegos, manteniendo la estructura actual, es decir actuando conjunta o separadamente con la otra socia doña Marcela Alejandra Bascuñán Muñoz, obligarán a la empresa con todas y cada una de las facultades referidas en la cláusula tercera del pacto primitivo las que se dan por reproducidas una a una en este instrumento para todos los efectos legales.- En todo lo no modificado por la presente escritura, continúan plenamente vigentes las disposiciones de los estatutos sociales de la sociedad, contenidos en las escrituras públicas indicadas en la escritura extractada. - Capital: Ocho millones de pesos. Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, 20 de noviembre de 2024.