Inmobiliaria Tranquila SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 17923-2024
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.011.890 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
El objeto exclusivo de la Sociedad será desarrollar, construir y comercializar bienes inmuebles del edificio residencial que se construirá en los inmuebles ubicados en Calle Tranquila N°2.360, Calle Tranquila N°2.376, y Los Leones N°2.311, todos de la comuna de Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público de la 8° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifico: con fecha 15 de noviembre de 2024, repertorio N°17.923-2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de INMOBILIARIA TRANQUILA SpA, celebrada con esa misma fecha, inscrita a fojas 61.560, número 28.669 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Sociedad”), en la que su único accionista INVERSIONES TRAQUILA SpA., titular del 100% de las acciones suscritas con derecho a voto de la Sociedad, otorgó texto refundido de los estatutos de la Sociedad, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es INMOBILIARIA TRANQUILA SpA. Objeto: El objeto exclusivo de la Sociedad será desarrollar, construir y comercializar bienes inmuebles del edificio residencial que se construirá en los inmuebles ubicados en Calle Tranquila N°2.360, Calle Tranquila N°2.376, y Los Leones N°2.311, todos de la comuna de Providencia. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.011.890 pesos, dividido en 34 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor cada una y sin valor nominal. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2024.