CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DOCTOR CARVAJAL Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2579580
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2024
Repertorio
14873-2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años a contar de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por periodos iguales, sin ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del periodo, forma señalada escritura extractada
Ley aplicable
Ley 3.918.

Objeto social

“La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: A) la Prestación de Servicios de Salud Ambulatorio; B) la prestación de todo tipo de servicios en el área de la salud en todas sus formas y rubros, especialmente la atención profesional en el área de especialidades médicas de psiquiatría y otros similares relacionados con los rubros de salud en general tanto a particulares, instituciones y sistema público; C) Desarrollar servicios de capacitaciones, enseñanza y clases de: medicina general o especialidades, etc.; D) Todo tipo de enseñanzas tradicional y no tradicional; y, E) Podrá igualmente realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”

Administración

La administración de la sociedad y el uso de su razón social o nombre de fantasía corresponderá al socio DAVID ADRIÁN SALDAÑA PINEDA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de 36° Notaría de Santiago, de don Andres Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2024, Repertorio N°14.873-2024, ante mí, don DAVID ADRIÁN SALDAÑA PINEDA; y don PABLO CARVAJAL BAÑADOS, ambos domiciliados en Av. Los Leones N° 1615, depto. 705, Providencia, Santiago, ambos constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, Ley 3.918. RAZÓN SOCIAL: “DOCTOR CARVAJAL Y COMPAÑÍA LIMITADA”, NOMBRE ABREVIADO “Dr. Carvajal y Cia. Ltda.” DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de otras sucursales. OBJETO: “La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: A) la Prestación de Servicios de Salud Ambulatorio; B) la prestación de todo tipo de servicios en el área de la salud en todas sus formas y rubros, especialmente la atención profesional en el área de especialidades médicas de psiquiatría y otros similares relacionados con los rubros de salud en general tanto a particulares, instituciones y sistema público; C) Desarrollar servicios de capacitaciones, enseñanza y clases de: medicina general o especialidades, etc.; D) Todo tipo de enseñanzas tradicional y no tradicional; y, E) Podrá igualmente realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de su razón social o nombre de fantasía corresponderá al socio DAVID ADRIÁN SALDAÑA PINEDA. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.- pesos, que se aporta en la siguiente forma: UNO.- Don PABLO CARVAJAL BAÑADOS aporta el 50% del capital social, mediante la entrega de $500.000, los cuales ingresan en efectivo a la caja social en este acto; DOS.- Don DAVID ADRIÁN SALDAÑA PINEDA aporta el 50% del capital social, mediante la entrega de $500.000, los cuales también ingresa en efectivo a la caja social en este acto. RESPONSABILIDAD: limitada a respectivos aportes. DURACION: 5 años a contar de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por periodos iguales, sin ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del periodo, forma señalada escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 28 de Noviembre 2024.