MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA LEGUER Y NOVOA LIMITADA

RUT 76246588-4 CVE 2580071
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2024
Repertorio
46641
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

A 03 de diciembre de 2024, MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, Santiago, certifica: Que con fecha 10 de octubre de 2024, Repertorio N°46.641, Cristian Marcel Leguer Novoa, chileno, conviviente civil, tecnólogo dental, cédula de identidad número diez millones seiscientos dieciocho mil setecientos treinta y dos guion cero, con domicilio en Las Caracolas número trescientos sesenta y cinco, Condominio Cascabeles, Comuna de Los Vilos, Región de Coquimbo, y de paso por esta y Vivian Denisse Leguer Novoa, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, fonoaudióloga, cédula de identidad número once millones trescientos cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y siete guion ocho, con domicilio en Camino Los Trapenses número cuatro mil ochocientos sesenta, casa número siete, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, suscribieron escritura pública de modificación de la sociedad COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA LEGUER Y NOVOA LIMITADA, rol único tributario setenta y seis millones doscientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta y ocho guion cuatro, constituida con fecha diecisiete de mayo del año dos mil doce en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y tres mil ochocientos treinta número veintitrés mil setecientos treinta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de fecha nueve de junio del año dos mil doce, en lo que se acordó lo siguiente: Primero. Que, en virtud de lo dispuesto en los estatutos sociales vigentes, el fallecimiento de un socio no es causal de disolución de la sociedad, la que continúa con los restantes socios y los herederos del socio fallecido y que la socia Sonia Silvia Novoa Mena falleció con fecha catorce de septiembre del año dos mil veintiuno en la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Segundo. Que, según posesión efectiva que rola inscrita a fojas veintiocho mil noventa y seis número cuarenta mil ochocientos setenta y cinco del año dos mil veintitrés del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, los derechos que le correspondían a la causante en la sociedad singularizada, fueron concedidos a sus herederos Cristián Marcel Leguer Novoa y Vivian Dennise Leguer Novoa, sin perjuicio de los derechos que corresponden a Cristián Marcel Leguer Novoa en calidad de socio sobreviviente. Tercero. Que, se realiza la partición y adjudicación en común acuerdo de los derechos y capital social que le correspondía a Sonia Silvia Novoa Mena. Cristian Marcel Leguer se adjudica el 50% de los derechos y capital social, y Vivian Dennise Leguer se adjudica el 50% de los derechos y capital social. Cuarto. Que, en consecuencia, se modifica el artículo quinto de los estatutos sociales, quedando como únicos socios don Cristián Marcel Leguer Novoa y doña Vivian Dennise Leguer Novoa, la última, quien ingresa a la sociedad. El capital de la sociedad es la cantidad de $2.000.000 de pesos, que los socios han aportado en dinero efectivo habiendo ingresado a la caja social, de la siguiente manera: a) CRISTIAN MARCEL LEGUER NOVOA, $1.500.000, correspondiéndole un 75% del capital social; y b) VIVIAN DENNISE LEGUER NOVOA, $500.000 correspondiéndole un 25% del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada.