MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS FINANCIEROS E INVERSIONES HUECHURABA LIMITADA

RUT 78770110-8 CVE 2579152
Capital
$23.150.611 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2024
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$23.150.611 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino de la 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: rectifica extracto de la sociedad “SERVICIOS FINANCIEROS E INVERSIONES HUECHURABA LIMITADA”, inscrito a fojas 75.105 número 29.986 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2024, en el sentido de corregir la valorización del aporte efectuado por don GERMÁN JOSÉ PÉREZ INFANTE, en su calidad de empresario individual, en el pago de una parte del aumento del capital social de “SERVICIOS FINANCIEROS E INVERSIONES HUECHURABA LIMITADA” . De esta forma, se reemplaza el número I. del extracto rectificado por lo siguiente: “I. Aumento Capital y Pago: Socios acuerdan aumentar el capital de $23.150.611.- a $3.729.526.221.- Aumento capital de $3.706.375.610.-, se paga siguiente forma: a) Con $2.914.660.440.- que GERMÁN JOSÉ PÉREZ INFANTE, en su calidad de empresario individual, paga en especie, mediante la cesión y transferencia de los bienes que se individualizan en escritura extractada; b) Con $554.200.619.- que MARÍA PÍA SILVA JOHNSON paga en especie, mediante la cesión y transferencia de los bienes que se individualizan en escritura extractada; c) Con $79.171.517.- que MARÍA IGNACIA PÉREZ SILVA paga en especie, mediante la cesión y transferencia de los bienes que se individualizan en escritura extractada; d) Con $79.171.517.- que GERMÁN JOSÉ PÉREZ SILVA paga en especie, mediante la cesión y transferencia de los bienes que se individualizan en escritura extractada; y, e) Con $79.171.517.- que VICENTE JOSÉ PÉREZ SILVA paga en especie, mediante la cesión y transferencia de los bienes que se individualizan en escritura extractada.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de noviembre de 2024.