DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

Security Rent a Car SpA

RUT 76257648-1 CVE 2579360
Fecha instrumento
25 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2024
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 18.046.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Apoquindo N°3.076, oficina N°601, sexto piso, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que con fecha 19 de Noviembre de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SECURITY RENT A CAR SpA., del día 25 de octubre de 2024, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas, en la cual la unanimidad de los accionistas presentes, acordaron lo siguiente: Uno) Aprobar la fusión de Security Rent a Car SpA, en su calidad de sociedad absorbida, con la sociedad Seguridad y Telecomunicaciones S.A., en su calidad de absorbente, mediante la incorporación de aquella en ésta última, que será la subsistente y continuadora de sus actividades y operaciones, en términos detallados en la escritura, por lo que no será necesario proceder a su liquidación, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley N° 18.046. Como consecuencia, se producirá la disolución de Security Rent a Car SpA, con efecto desde la fecha de reducción a escritura pública de la escritura extractada. Dos) Aprobar para efectos de la fusión, el Balance de Fusión, que fue preparado sobre la base de los balances de Security Rent a Car SpA y de Seguridad y Telecomunicaciones S.A. al 30 de junio de 2024. Tres) Aprobar la relación de canje en base a la cual se acordará la emisión de acciones de la sociedad absorbente, a ser distribuidas entre los accionistas de la sociedad absorbida. Cuatro) Se dejó constancia que Seguridad y Telecomunicaciones S.A., en su calidad de absorbente, se hará responsable de todos los impuestos que adeude o pudiere adeudar la absorbida, en conformidad al artículo 69 del Código Tributario. Cinco) Aprobar los estatutos de la sociedad absorbente Seguridad y Telecomunicaciones S.A. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de Noviembre de 2024.-