INMOBILIARIA CLEVER DENTAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 5014-2024
- Notario
- FRANCISCA SALAS MEDINA
- Oficio
- Titular de la Segunda Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- N. fantasía
- “CLEVER DENTAL SpA”
- Capital
- $1.114.400.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
1) El arrendamiento de bienes muebles y de inmuebles, sean éstos amoblados o no; la administración y explotación de los mismos en cualquier forma y 2) La prestación de servicios profesionales de salud odontológicos
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JUAN PABLO POBLETE KLEIN | representante | 7721710-K | — | — | |
| IMPORTADORA Y EXPORTADORA CLEVER LIMITADA | socio | 77327630-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SALAS MEDINA, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Rancagua, don JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Bueras 359 Of. 102, Rancagua, Certifico: Por escritura pública, 26-11-2024, repertorio 5014-2024, ante mí: JUAN PABLO POBLETE KLEIN, CNI 7.721.710-K, en representación de IMPORTADORA Y EXPORTADORA CLEVER LIMITADA, R.U.T. 77.327.630-7, ambos Pintor Gustavo Cabello Olguín 874, Rancagua, constituyó Sociedad por Acciones, cuya razón social será: “INMOBILIARIA CLEVER DENTAL SpA”. nombre de fantasía: “CLEVER DENTAL SpA”. Duración: indefinida. Domicilio: Rancagua. Objeto: 1) El arrendamiento de bienes muebles y de inmuebles, sean éstos amoblados o no; la administración y explotación de los mismos en cualquier forma y 2) La prestación de servicios profesionales de salud odontológicos. Capital: $1.114.400.000, dividido en 74 (SETENTA Y CUATRO) ACCIONES nominativas y sin valor nominal, de DOS series diferentes: SERIE A, 64 Acciones; y SERIE B, 10 acciones. El capital no quedó pagado en el acto de la constitución, siendo suscrita solamente la totalidad de la SERIE A) por el accionista IMPORTADORA Y EXPORTADORA CLEVER LIMITADA, pagadero en la forma y plazo establecido en la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, 26 de noviembre de 2024. Doy Fe.