MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL AUTOMOTRIZ SIGLO XXI LIMITADA

RUT 78770630-4 CVE 2579142
Fecha instrumento
18 de octubre de 2024
Notaría
Lo Barnechea

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Lo Barnechea
Comuna
Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de Segunda Notaría de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201 local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de octubre de 2024, ante mí, bajo el repertorio número 7885-2024, comparecen ante mí: Don JORGE GUSTAVO AUGUSTO VALENZUELA VALDERRAMA, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número 5.094.495-6, por sí y en representación de INVERSIONES ZULU SpA, rol único tributario 78.488.140-7; doña ELIZABETH ELENA DELARZE MERMOUD, chilena, constructora civil, casada y separada de bienes, cédula de identidad número 6.119.067-8; doña MARÍA SOLEDAD VALENZUELA DELARZE, chilena, factor de comercio, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 10.239.108-k en representación de “SVD SpA”, sociedad de giro de inversiones, rol único tributario número 77.438.041-8; doña CAROLINA VALENZUELA DELARZE, chilena, ingeniero comercial, casada y separada de bienes, cédula de identidad número 10.239.089- K, en representación de “KD SpA”, sociedad del giro de inversiones, rol único tributario número 77.433.136-0; don JORGE ANDRÉS VALENZUELA DELARZE, chileno, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, cédula de identidad número 10.239.088-1, en representación de “JVD SpA”, sociedad del giro de inversiones, rol único tributario número 77.433.232-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Manuel Montt número mil trescientos veinte, comuna de Providencia; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas y como únicos socios de Comercial Automotriz Siglo XXI Limitada, cuya constitución está inscrita a fojas fojas 6955, número 5712 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, exponen que vienen en efectuar las siguientes modificaciones: PRIMERO: MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. Los socios por el presente acto vienen en reemplazar la cláusula TERCERO de los estatutos por la siguiente: “TERCERO: La administración de la sociedad y su representación legal recaerá en: i) don Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama, cédula nacional de identidad número 5.094.495-6, y doña Elizabeth Delarze Mermoud, cédula nacional de identidad número 6.119.067-8, firmando conjuntamente; o en ii) don Jorge Andrés Valenzuela Delarze, cédula nacional de identidad número 10.239.088-1, conjuntamente con doña Elizabeth Delarze Mermoud, cédula nacional de identidad número 6.119.067-8, o con doña Carolina Valenzuela Delarze, cédula nacional de identidad número 10.239.089-k, o con doña María Soledad Valenzuela Delarze, cédula nacional de identidad número 10.239.108-k. En la forma indicada los administradores podrán, anteponiendo su firma a la razón social o al nombre de fantasía que exista o pudiera existir, representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. Demás detalles en escritura extractada SEGUNDO: MODIFICACIÓN DE LA DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. Los socios por el presente acto vienen en reemplazar la cláusula SEXTO de los estatutos por la siguiente “SEXTO: La sociedad rige desde su fecha de constitución. La duración de la sociedad será indefinida, y podrá ponérsele término de común acuerdo por todos sus socios. La sociedad no se disolverá por la muerte de alguno de sus socios, sino que continuará con sus herederos o legatarios, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común que deberán designar dentro del plazo de sesenta días. Si los herederos o legatarios no lo hicieran dentro de ese plazo, los otros socios de común acuerdo podrán designar un árbitro para que lo haga.”. TERCERO: MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DÉCIMO DEL PACTO SOCIAL, REFERIDA A LA DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. Los socios por el presente acto vienen en modificar la cláusula DÉCIMO de los estatutos por la siguiente, reemplazando la frase “y tendrá una duración de cinco renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare la voluntad expresa de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción en social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá efectuarse con una anticipación no inferior a seis meses a la fecha del respectivo vencimiento o de sus respectivas prórrogas” por la frase “y tendrá duración indefinida.”. CUARTO: REEMPLAZAR LA CLÁUSULA QUINTA DEL PACTO SOCIAL. Los socios reemplazan la cláusula quinta del estatuto, designando como GERENTE GENERAL a don JORGE ANDRÉS VALENZUELA DELARZE, cédula de identidad número 10.239.088-1, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 19 de noviembre de 2024.- Patricio Corominas Mellado, Notario Publico Titular.