Sociedad Avenas del Pacífico S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Consecuentemente, se sustituyó el texto del Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de noviembre del 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Sociedad Avenas del Pacífico S. A.”, celebrada con fecha 6 de noviembre del 2024 ante doña Javiera Paz Erazo Hermosilla, abogada, Notaria Suplente del Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en la que sus únicos accionistas B&S Negocios Internacionales SpA y Sociedad Industria Molinera S.A., acordaron modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: Modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, para efectos de ampliar el objeto social. Consecuentemente, se sustituyó el texto del Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto: La Sociedad, actuando en el país o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, sea directamente o a través de otras personas o sociedades, tendrá por objeto: A) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, especialmente avena y frutícola; B) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas elaboradoras de alimentos, tanto para consumo humano y animal, y productos de origen vegetal y animal; C) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de frutos y/o productos provenientes de la actividad agrícola, tales como cereales, frutas, verduras, gramíneas, semillas y productos industriales naturales, todo tipo de Agroquímicos e insumos agrícolas, tales como, fertilizantes, urea, entre otros, como asimismo su procesamiento, envasado, guarda, conservación, maquila, embalaje o packing; D) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de alimentos, tanto para consumo humano y animal pastas, carnes y productos cárnicos, entre otros, como asimismo su procesamiento, envasado, guarda, conservación, maquila, embalaje o packing; E) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de agroquímicos e insumos agrícolas, tales como, fertilizantes, urea, entre otros; F) La asesoría a productores y a la elaboración de alimentos de toda clase, tanto para consumo humano y animal; G) La actuación como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios, cereales, pastas, carnes, productos cárnicos y alimentos en general, tanto para consumo humano y animal; H) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, administrar tales inversiones, percibir sus frutos o rentas; y I) En general, la realización de todos los demás negocios o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones anteriores. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier título; comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y/o participar como socia o accionista de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo de su comercio o negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales.” Demás acuerdos constan en la escritura que extracto.- Santiago, 28 de noviembre de 2024.