VIVERO AUSTRAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2024
- Repertorio
- 17009
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y a don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, quienes actuando en la forma indicada a continuación podrán representarla con las más amplias facultades: i) doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, podrán actuar y representar individualmente a la sociedad con todas las facultades que se enumeran en la cláusula séptima de los estatutos sociales, con la limitación de que el monto de las obligaciones que asuma y de los derechos que adquiera en cada operación, acto o contrato, así como cada pago que efectúe, no exceda de cinco millones de pesos, según corresponda; y, ii) Actuando siempre conjuntamente doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades singularizadas en la cláusula séptima de los estatutos, sin limitaciones o restricciones de ninguna clase o naturaleza. En caso de fallecimiento de doña OLGA BICHENDARITZ CAUMONT, será don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, quien detentará todas las facultades de representación social de la sociedad VIVERO AUSTRAL LIMITADA, quien podrá actuar individualmente ejerciendo todas las facultades de representación indicadas en la cláusula séptima de los estatutos sociales; en caso de fallecimiento de don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, será doña MARIA TRINIDAD TAGLE FRANCE, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y uno guión cuatro, quien detentará todas las facultades de representación social de éste último y actuará de la manera indicada en los numerales i y ii anteriores, según corresponda.” Demás materias constan en escritura extractada. Santiago 11 de noviembre 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia, Santiago, Certifica que Por escritura pública de fecha 03 octubre de 2024, Repertorio Nº 17.009. otorgada ante mí, doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT, cédula nacional de identidad número dos millones trescientos setenta y dos mil setecientos treinta y ocho guión dos, por si y en representación de INVERSIONES SANTIAGO SpA, rol único tributario numero setenta y siete millones noventa y nueve mil catorce guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en Kennedy número siete mil setecientos cuarenta, oficina número cuatrocientos seis, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y, don PEDRO MANUEL HALCARTEGARAY RIQUE, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta y tres mil trescientos nueve guión seis, en representación de AGRÍCOLA LOUHOSSOA LIMITADA, rol único tributario numero setenta y siete millones ciento diecisiete mil ciento cuarenta guión cero, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Cristobal Colon número cuatro ciento noventa y ocho, departamento número quinientos cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron estatutos de la sociedad VIVERO AUSTRAL LIMITADA, inscrita a fojas ciento quince vta., número ciento dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, correspondiente al año dos mil cuatro, en virtud del retiro del socio AGRICOLA LOUHOSSOA LIMITADA, conforme artículo dos mil ciento ocho del Código Civil. El resto de los socios, se dieron por notificados de dicha renuncia y retiro para efectos de lo dispuesto en el artículo dos mil ciento nueve del Código Civil, la cual aceptaron expresamente. Socios manifiestan expresamente su acuerdo mantener vigente la Sociedad, aún luego del retiro de la sociedad AGRICOLA LOUHOSSOA LIMITADA. Se procede a distribución de utilidades y disminución de capital y, pagando íntegramente al Socio Retirado, conforme a la proporción que le corresponda en el patrimonio social, de acuerdo a su participación en el capital social. Se acuerda unánimemente efectuar una distribución de utilidades al Socio Retirado por ochenta y siete millones ochocientos noventa y cinco mil novecientos sesenta y seis pesos, con cargo a las utilidades de la Sociedad, los que se pagaron en el acto. Se disminuye el capital de la Sociedad en la suma de quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales, quedando, en consecuencia, el capital social fijado en la suma de quinientos mil pesos, la que se paga en el acto. Se reemplaza cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “CLAUSULA QUINTA: Capital: El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que ya ha sido aportado y enterado íntegramente en la caja social de la siguiente forma: a) la sociedad INVERSIONES SANTIAGO SpA, ha suscrito y pagado la suma de cuatrocientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y ocho coma cero cuatro por ciento del capital de la Sociedad; b) doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT, ha suscrito y pagado la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno coma noventa y seis por ciento del capital de la Sociedad.” Se modifica cláusula sexta de los estatutos sociales: “CLAUSULA SEXTA: Administración y Uso de la Razón social. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y a don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, quienes actuando en la forma indicada a continuación podrán representarla con las más amplias facultades: i) doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, podrán actuar y representar individualmente a la sociedad con todas las facultades que se enumeran en la cláusula séptima de los estatutos sociales, con la limitación de que el monto de las obligaciones que asuma y de los derechos que adquiera en cada operación, acto o contrato, así como cada pago que efectúe, no exceda de cinco millones de pesos, según corresponda; y, ii) Actuando siempre conjuntamente doña OLGA BICHENDARTIZ CAUMONT y don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades singularizadas en la cláusula séptima de los estatutos, sin limitaciones o restricciones de ninguna clase o naturaleza. En caso de fallecimiento de doña OLGA BICHENDARITZ CAUMONT, será don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, quien detentará todas las facultades de representación social de la sociedad VIVERO AUSTRAL LIMITADA, quien podrá actuar individualmente ejerciendo todas las facultades de representación indicadas en la cláusula séptima de los estatutos sociales; en caso de fallecimiento de don EDMUNDO VALDERRAMA BICHENDARITZ, será doña MARIA TRINIDAD TAGLE FRANCE, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y uno guión cuatro, quien detentará todas las facultades de representación social de éste último y actuará de la manera indicada en los numerales i y ii anteriores, según corresponda.” Demás materias constan en escritura extractada. Santiago 11 de noviembre 2024.