CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SSM SpA

CVE 2577775
Capital
$40.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
53388-2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Administración

la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a todos los socios a través de junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARÍA SOLEDAD LASCAR MEINO, Notario Titular 38ª Notaría Santiago, Isidora Goyenechea 3477, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha veinte de noviembre de 2024 Repertorio 53.388-2024, Don Ricardo Strauszer Zemelman, domiciliado en calle Camino El Algarrobo 1.391, las Condes; don Reimundo Strauszer Ginesta, domiciliado en Calle Luz 2960, departamento 94 Las Condes, y don Eduardo Moreno Vélez, domiciliado en Las Tranqueras 1852, piso 11 Las Condes, todos región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones de la que extracto: Nombre o Razón Social “SSM SpA” con nombre de fantasía para todos los efectos bancario y comerciales de “RaiFoods SpA”; Domicilio Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de agencias y sucursales o establecimientos en otras partes del país o extranjero; Objeto de la Sociedad: A) elaboración, fabricación, procesamiento y en general la comercialización y despacho de todo tipo de productos alimenticios frescos y congelados y la comercialización de insumos para la industria alimenticia, y de bebidas con o sin alcohólica en general; B) la explotación de negocios del ramo restaurante, bar, confitera y cafetería; C) la organización, planificación y producción de eventos sociales, actividades que podrán desarrollar por cuenta propia o por cuenta de terceros. Además, podrá efectuar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social; Administración: la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a todos los socios a través de junta de accionistas. Capital: $40.000.000.- dividido en 10.000 acciones nominativas de una misma serie ordinarias y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 25 de 2024.-