MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD VERA TITO LIMITADA

RUT 76468605-5 CVE 2578015
Capital
$800.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2024
Notaría
Calama

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2024
Notario
ALEJANDRO GUILLERMO GEMMEL MARTÍNEZ
Oficio
3° Notaría Calama
Comuna
Calama

Sociedad

Capital
$800.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO GUILLERMO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público Titular 3° Notaría Calama, Vargas N° 2209, certifica: Que, por escritura pública de fecha 30 de Octubre del 2024, ante Notario Suplente don Héctor Mauricio Pinto ramos, OCTAVIO DIVAN RODRIGO VERA TITO, chileno, soltero, operador especialista, C.I. 16.258.663-7, con domicilio en la comuna de Calama, Bilbao 1387, casa 23; doña MADELEYNE ISABEL VERA TITO, chilena, soltera, gastrónoma internacional, C.I. 18.400.378-3, domiciliada en la comuna de San Pedro de Atacama, calle Lascar 31 B, Ayllu Solcor; y doña ISABEL LUISA TITO COLQUE, chilena, casada, docente, C.I. 11.118.701-0, con domicilio en Suberkay 26, Ayllu Sequitor, comuna de San Pedro de Atacama. Por escritura pública de fecha 23 de febrero del 2015, otorgada ante este oficio Notarial, don OCTAVIO DIVAN RODRIGO VERA TITO, y doña MADELEYNE ISABEL VERA TITO, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD VERA TITO LIMITADA”, o “LICANCABUR LTDA”, Rut 76.468.605-5, el extracto de la citada escritura se inscribió a fojas 125 Nª 79 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de El Loa Calama, del 2015, y se publicó en el Diario Oficial de la República en su edición 41.104, página E-141, del día miércoles 11 de marzo del 2015. Capital $800.000. Por este acto los comparecientes vienen en introducir las siguientes modificaciones al pacto social primitivo en el siguiente sentido: a) don OCTAVIO DIVAN RODRIGO VERA TITO, se retira de la Sociedad, retiro que es aceptado por la socia doña MADELEYNE ISABEL VERA TITO; b) Que, al efecto don OCTAVIO DIVAN RODRIGO VERA TITO, vende, cede y transfiere a doña MADELEYNE ISABEL VERA TITO, el 90% de sus derechos sociales, y que corresponde a la suma de $576.000, y que se da por pagada, y c) Además, don OCTAVIO DIVAN RODRIGO VERA TITO, vende, cede y transfiere a doña ISABEL LUISA TITO COLQUE, el 10%, y que corresponde a la suma de $64.000, y que se da por pagada. Por ende, dichos derechos y obligaciones afectarán a la nueva socia que se ha incorporado a ella por este acto. La representación, el uso de la razón social y la administración de la sociedad seguirá correspondiendo separada e indistintamente a doña MADELEYNE ISABEL VERA TITO, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades tal como dispone la cláusula novena de la escritura social primitiva. En todo lo no modificado, sigue plenamente vigente la escritura de constitución. - Calama, 18 de Noviembre de 2024.