SOCIEDAD OBREQUE ASESORÍAS EMPRESARIALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2024
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha 21 de Noviembre del año 2024, ante mí, doña ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA, cédula nacional de identidad N° 17.726.436-9; y, don PABLO ANDRÉS MUÑOZ SÁEZ, cédula nacional de identidad N° 17.262.164-3; Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre de la Sociedad y su razón social será "SOCIEDAD OBREQUE ASESORÍAS EMPRESARIALES LIMITADA". Sin embargo la Sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con Bancos e instituciones públicas y privadas, con el nombre de fantasía "OBREQUE ASESORÍAS EMPRESARIALES LTDA". La Sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezcan en el país o en el extranjero.- La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: El objeto de la sociedad será: a) Asesoría a empresas en materias tributarias, comerciales, laborales; y en general, todo tipo de asesoría integral a empresas, así como, en materias específicas. Asesoramiento empresarial en general; b) Asesorías Jurídicas, contables y tributarias a personas naturales; c) Asesorías Jurídicas, contables y tributarias a personas jurídicas; d) Prestación de servicios jurídicos y de asistencia profesional; e) Asesoría y gestión contable; f) Planificación y control de gestión a empresas y sociedades; g) Representación judicial; h) Redacción de contratos, informes en derecho y en general, de todo tipo de documentos que sean susceptibles de tener consecuencias jurídicas; i) Actividades de carácter educacional. El capital social será la suma de $1.000.000.- que los socios expresan aportar de la forma y proporción que a continuación se indica: a) doña ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA aporta la suma de $900.000, que se paga en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social; b) don PABLO ANDRÉS MUÑOZ SÁEZ aporta la suma de $100.000, que se paga en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social. En consecuencia de lo anterior las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: a) un 90% para la socia doña ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA; y b) un 10% para el socio don PABLO ANDRÉS MUÑOZ SÁEZ.-La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA, facultades en escritura extractada.- La Sociedad comenzará a regir desde fecha escritura y tendrá una duración de DOS AÑOS dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales de dos años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de tres meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con la misma anticipación antes señalada.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 27 de Noviembre de 2024.