MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAESTRANZA DIONISIO PINO LIMITADA

RUT 76058053-8 CVE 2578162
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
20 de marzo de 2009
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2009
Repertorio
5525
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N°201 oficinas 101 y 102, Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 22/11//2024, repertorio Nº5.525, ante mí Reemplazante FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, don DIONISIO HUMBERTO PINO YÁÑEZ, C.I.N°6.382.515-8, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana; don DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°8.643.390-7, con domicilio en Agua Santa N°1640, comuna de Renca, Región Metropolitana; doña GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°18.743.991-4, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana, por sí y en representación convencional según se acredita, de doña CLAUDIA ANDREA PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°8.643.389-3, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana, otorgan este instrumento que consta de las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES: Los comparecientes son los únicos socios de MAESTRANZA DIONISIO PINO LIMITADA, Rol único tributario N°76.058.053-8, constituida mediante escritura pública de fecha 20 de marzo del año 2009, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Francisco Javier Leiva Carvajal, Repertorio N°640-2009, cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 17128 número 11454 año 2009 y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de abril de 2009. CESIÓN DE DERECHOS: Mediante el presente instrumento, DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales que representan el 34% del total del capital social a GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de $100.000 pesos, pagados. Producto de la cesión, DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ pasa a ostentar el 1% de los derechos sociales y doña GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ el 49% de los derechos sociales. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Producto de la cesión de derechos, se modifican los estatutos de la sociedad: Se modifica íntegramente el Artículo Quinto, DONDE DICE: “El capital de la sociedad será la suma de DOS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Dionisio Humberto Pino Fernández, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; b) don Dionisio Humberto Pino Yáñez, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; c) doña Claudia Andrea Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; d) Gabriela Ester Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social”, Se modifica, reemplazándolo íntegramente por el siguiente párrafo: “El capital de la sociedad será la suma de DOS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Dionisio Humberto Pino Yáñez, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el treinta y cinco por ciento del capital social; b) Gabriela Ester Pino Fernández, la suma de novecientos ochenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el cuarenta y nueve por ciento del capital social; c) doña Claudia Andrea Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el quince por ciento del capital social; d) don Dionisio Humberto Pino Fernández, la suma de veinte mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el uno por ciento del capital social”. VIGENCIA DE ESTATUTOS: En todo lo no modificado, rige plenamente lo dispuesto en los estatutos de la sociedad. CAPITAL VIGENTE: el capital de la sociedad es la suma de $2.000.000 pesos, que se encuentran pagados y enterados. Se confirió poder al portador de copia autorizada de la escritura o de un extracto de esta, para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que resulten procedentes en los registros correspondientes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 25 de noviembre de 2024.