MAESTRANZA DIONISIO PINO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2009
- Repertorio
- 5525
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N°201 oficinas 101 y 102, Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 22/11//2024, repertorio Nº5.525, ante mí Reemplazante FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, don DIONISIO HUMBERTO PINO YÁÑEZ, C.I.N°6.382.515-8, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana; don DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°8.643.390-7, con domicilio en Agua Santa N°1640, comuna de Renca, Región Metropolitana; doña GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°18.743.991-4, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana, por sí y en representación convencional según se acredita, de doña CLAUDIA ANDREA PINO FERNÁNDEZ, C.I.N°8.643.389-3, con domicilio en Las Salinas N°4405, comuna de Renca, Región Metropolitana, otorgan este instrumento que consta de las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES: Los comparecientes son los únicos socios de MAESTRANZA DIONISIO PINO LIMITADA, Rol único tributario N°76.058.053-8, constituida mediante escritura pública de fecha 20 de marzo del año 2009, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Francisco Javier Leiva Carvajal, Repertorio N°640-2009, cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 17128 número 11454 año 2009 y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de abril de 2009. CESIÓN DE DERECHOS: Mediante el presente instrumento, DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales que representan el 34% del total del capital social a GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de $100.000 pesos, pagados. Producto de la cesión, DIONISIO HUMBERTO PINO FERNÁNDEZ pasa a ostentar el 1% de los derechos sociales y doña GABRIELA ESTER PINO FERNÁNDEZ el 49% de los derechos sociales. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Producto de la cesión de derechos, se modifican los estatutos de la sociedad: Se modifica íntegramente el Artículo Quinto, DONDE DICE: “El capital de la sociedad será la suma de DOS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Dionisio Humberto Pino Fernández, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; b) don Dionisio Humberto Pino Yáñez, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; c) doña Claudia Andrea Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; d) Gabriela Ester Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social”, Se modifica, reemplazándolo íntegramente por el siguiente párrafo: “El capital de la sociedad será la suma de DOS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Dionisio Humberto Pino Yáñez, la suma de setecientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el treinta y cinco por ciento del capital social; b) Gabriela Ester Pino Fernández, la suma de novecientos ochenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el cuarenta y nueve por ciento del capital social; c) doña Claudia Andrea Pino Fernández, la suma de trescientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el quince por ciento del capital social; d) don Dionisio Humberto Pino Fernández, la suma de veinte mil pesos, en este acto en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, que representan el uno por ciento del capital social”. VIGENCIA DE ESTATUTOS: En todo lo no modificado, rige plenamente lo dispuesto en los estatutos de la sociedad. CAPITAL VIGENTE: el capital de la sociedad es la suma de $2.000.000 pesos, que se encuentran pagados y enterados. Se confirió poder al portador de copia autorizada de la escritura o de un extracto de esta, para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que resulten procedentes en los registros correspondientes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 25 de noviembre de 2024.