MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones San Damián SpA

RUT 77402193-0 CVE 2578013
Capital
$19.216.879.417 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2024
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
Oficio
18° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$19.216.879.417 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, Titular 18° Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo N° 3039, piso 5, comuna de Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 15 de noviembre 2024, Rep. N° 15.784/2024, ante mí, única accionista Inversiones Varias Limitada modificó la sociedad “Inversiones San Damián SpA”, inscrita a fs. 49.683, N° 22.993 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, aumentando el capital de la Compañía en $13.516.421.650, pasando de $5.700.457.767, íntegramente suscrito y pagado, dividido en 2.446.850 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, a $19.216.879.417, mediante emisión de 3.975.418 nuevas acciones de pago, nominativas e iguales, sin valor nominal y de la misma y única serie ya existente, a un precio mínimo de $3.400 por acción, las que serán colocadas, suscritas y pagadas en dinero efectivo y/o con otros bienes muebles, corporales o incorporales, incluso con la capitalización de créditos o cuentas por cobrar que única accionista compareciente tenga en contra de la Sociedad, dentro plazo máximo que vence día 30 de noviembre 2024; sustituyéndose en consecuencia Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio Estatutos, quedando el primero referido como sigue: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de $19.216.879.417, dividido en 6.422.268 acciones, todas ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de 3 años, contado desde la fecha en que se acuerde el respectivo aumento”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de noviembre de 2024. MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público.