IMPORTADORA Y COMERCIAL GLOBAL TRADE LOGISTIC SpA
Instrumento
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, las condes, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre del 2024, ante mí CRISTIAN ANDRES ORTIZ REYES modificó la sociedad, “IMPORTADORA Y COMERCIAL GLOBAL TRADE LOGISTIC SPA”, en el siguiente sentido; UNO. Modificar el artículo Primero del estatuto social, relativo al nombre de la Sociedad y su razón social será “GRUPO GTL SpA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de " GRUPO GTL”. DOS. Modificar el Articulo Cuarto de los estatutos relacionada con el Objeto social, reemplazandolo por el el siguiente: “ARTICULO CUARTO: Uno. La explotación, producción, distribución, promoción, representación, manufacturación, prestación de servicios, importación, exportación, reexpedición, redestinación, consignación, comercialización, fabricación, compra y venta de toda clase de bienes y mercancías nacionales, nacionalizadas o extranjeras, al por mayor y al detalle, por cuenta propia o de terceros, especialmente la compra y venta de artículos industriales y sus derivados; Dos. La capacitación, estudios, asesorías y consultorías en el diseño, instalación, puesta en marcha, supervisión, elaboración de proyectos y cualquier otra actividad relacionada con sus sistemas de producción y la comercialización de insumos, artículos, repuestos, accesorios y equipos relacionados con su explotación; el diseño, construcción y montaje de obras de ingeniería civil, mecánica, eléctrica, minera, química o metalúrgica; fabricación, importación y comercialización de luminarias públicas, de sodio, magnéticas, leds, equipos de comunicación e informáticas, grupos electrógenos, microturbinas, equipos de generación fotovoltaica, eólica, solar y todo lo relacionado a energías renovables; Tres. La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. la sociedad podrá también desarrollar cualquier otra actividad lícita que los accionistas acuerden. Cuatro. La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Quinto. El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores ”.y otras materias no extractables. santiago 22 de noviembre de 2024.