FERRETERÍA SEGUNDA TRANSVERSAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Notario
- ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría
Sociedad
- Capital
- $19.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría, con oficio en Avenida Apoquindo 3001, piso 2, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2024, Repertorio número 29.959/2024, ante mí, don Hugo Antonio Sandoval Farías, domiciliado en Av. Segunda Transversal número 3.612, Maipú, Región Metropolitana; don Rafael Alberto Castillo Gómez, domiciliado en Av. Claudio Arrau número 9486, Pudahuel, Región Metropolitana; don Carlos Soto Gallegos, domiciliado en Av. Segunda Transversal número 3.612, Maipú, Región Metropolitana; doña Sandra Luz Sandoval Becerra, domiciliada en Fundo El Abrazo número 20, Condominio Doña Inés, Maipú, Región Metropolitana; doña Angelina Paola Sandoval Becerra, domiciliada en calle Santa Matilde número 2876, Maipú, Región Metropolitana y; doña Natalie Javiera Sandoval Becerra, domiciliada en calle Tierra Fértil número 5255 departamento F 410, Maipú, Región Metropolitana; procedieron a modificar la sociedad “FERRETERÍA SEGUNDA TRANSVERSAL LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 19 de junio de 1990, otorgada en la notaría de Santiago de don Hernán Blanche Sepúlveda, cuyo extracto rola inscrito a fojas 18.002, número 9020 del Registro de Comercio de Santiago, año 1990, en el sentido de dar cuenta que: i) don Rafael Alberto Castillo Gómez, vende, cede y transfiere el 46,15% de los derechos sociales a don Hugo Antonio Sandoval Farías. Precio $60.000.000; ii) don Carlos Soto Gallegos, vende, cede y transfiere el 7,69% de los derechos sociales, a las siguientes personas: a) a don Hugo Antonio Sandoval Farías, un 4,69% de los derechos sociales. Precio $6.098.830; b) a doña Sandra Luz Sandoval Becerra, un 1% de los derechos sociales. Precio $1.300.390; c) a doña Angelina Paola Sandoval Becerra, un 1% de los derechos sociales. Precio $1.300.390 y; d) a doña Natalie Javiera Sandoval Becerra, un 1% de los derechos sociales. Precio $1.300.390. Producto de lo anterior y con el consentimiento de la unanimidad de los socios, se retiran de la sociedad don Rafael Alberto Castillo Gómez y don Carlos Soto Gallegos e ingresan doña Sandra Luz Sandoval Becerra, doña Angelina Paola Sandoval Becerra y doña Natalie Javiera Sandoval Becerra; iii) Producto de lo anterior, acordaron modificar clausula tercera referida al capital por la siguiente: “TERCERO: El capital de la Sociedad alcanza la suma de $19.500.000, que los socios han enterado y pagado, en las siguientes proporciones: a) don Hugo Antonio Sandoval Farías, por la suma de $18.915.000, equivalente, aproximadamente, al 97% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; b) doña Sandra Luz Sandoval Becerra, por la suma de $195.000 equivalente al 1%, aproximadamente, de los derechos sociales, totalmente pagada con anterioridad a esta fecha; c) doña Angelina Paola Sandoval Becerra, por la suma de $195.000 equivalente al 1%, aproximadamente, de los derechos sociales, totalmente pagada con anterioridad a esta fecha y; d) doña Natalie Javiera Sandoval Becerra, por la suma de $195.000 equivalente al 1%, aproximadamente, de los derechos sociales, totalmente pagada con anterioridad a esta fecha” y; iv) Por último, acordaron modificar la cláusula cuarta referida a la administración y uso de la razón social de la Sociedad, la que corresponderá, exclusivamente, a don Hugo Antonio Sandoval Farías, con las más amplias facultades. - La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se faculta al portador del extracto para legalización. Santiago, 28 de noviembre de 2024. -