ASESORÍAS LEGALES RAMÍREZ LIMITADA
Instrumento
- Notario
- GINO BENEVENTI ALFARO
- Oficio
- Tercera Notaria de Colina
- Comuna
- Colina
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Duración
- La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Limitación de responsabilidad: La
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a cualquiera de los dos socios de la Sociedad, quienes, actuando de manera individual o conjuntamente, y anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, en todas clases de actos, contratos, asuntos, negocios, juicios y convenciones que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a tales fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Público, Titular de la Tercera Notaria de Colina, con oficio en Avenida General San Martín N° 66-68 local 8 B- 1, de la comuna de Colina, certifico: certifico que: por escritura pública de fecha 08-11- 2024, bajo repertorio número 898-2024, ante mí: i) VALENTINA ARACELLY RAMÍREZ ALBORNOZ, cedula de identidad número 19.646.595-2; y ii) JAVIERA CECILIA RAMIREZ ALBORNOZ, cedula de identidad número 18.123.868-2; ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida del Valle 10.730, casa 1, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social será “ASESORÍAS LEGALES RAMÍREZ LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, de publicidad y de toda otra índole, el nombre de fantasía “VALEVIAJESYVISADOS LTDA.”.- Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a cualquiera de los dos socios de la Sociedad, quienes, actuando de manera individual o conjuntamente, y anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, en todas clases de actos, contratos, asuntos, negocios, juicios y convenciones que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a tales fines.- Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $200.000, moneda de curso legal en la República de Chile, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: /Uno/ la señora VALENTINA ARACELLY RAMÍREZ ALBORNOZ, aporta y paga la cantidad de $100.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, en dinero en efectivo y al contado, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; y /Dos/ la señora JAVIERA CECILIA RAMIREZ ALBORNOZ, aporta y paga la cantidad de $100.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, en dinero en efectivo y al contado, el que ingresa en este mismo acto a la caja social.- Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Limitación de responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Colina, 8 de noviembre del 2024.