AGRÍCOLA ATECA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 12150-2024
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $42.696.222 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2024, bajo repertorio 12.150-2024, otorgada ante mí, doña María Ignacia Bendicho Letelier; don José Luis Enrique Bendicho Letelier, doña Alejandra María de la Ascención Letelier Izquierdo, don Diego José Bendicho Letelier; don José Luis Ramón Bendicho Hojas, don Francisco José Bendicho Letelier, la sociedad RENTAS ATECA DOS LIMITADA (“Rentas-Dos” o “Sociedad Absorbida”); y la sociedad AGRÍCOLA ATECA LIMITADA (“Agrícola-Ateca” o “Sociedad Absorbente” y en conjunto con la anterior las “Sociedades”); todos domiciliados para estos efectos en calle Francisco Bulnes Correa N°3.640, departamento E-22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron, entre otras materias: (1) Aumento de Capital de Rentas-Dos: Doña María Ignacia Bendicho Letelier, don José Luis Enrique Bendicho Letelier, don Francisco José Bendicho Letelier, don Diego José Bendicho Letelier, doña Alejandra María de la Ascención Letelier Izquierdo y don José Luis Ramón Bendicho Hojas, como únicos socios de Rentas-Dos, acordaron aumentar el capital social de RENTAS ATECA DOS LIMITADA en la suma de $42.696.222, a través de la capitalización de la partida de utilidades acumuladas al ejercicio terminado al año 2023, por lo que el capital de Rentas-Dos aumenta de la cantidad de $421.844 a la suma de $43.118.066. La capitalización se distribuye siguiendo la misma proporción de derechos sociales de los socios indicados. Consecuentemente, se modifican los estatutos de Rentas-Dos, sustituyendo íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de cuarenta y tres millones ciento dieciocho mil sesenta y seis pesos, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: (a) María Ignacia Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, enterados e ingresados en caja social; (b) José Luis Enrique Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, enterados e ingresados en caja social; (c) Francisco José Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, enterados e ingresados en caja social; (d) Diego José Bendicho Letelier, la suma de 4 nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, enterados e ingresados en caja social; (e) Alejandra María de la Ascención Letelier Izquierdo, la suma de seis millones setenta y tres mil tres pesos, enterados e ingresados en caja social; y, (f) José Luis Ramón Bendicho Hojas, la suma de los restantes seiscientos siete mil doscientos cuarenta y nueve pesos, enterados e ingresados en caja social.”. (2) Fusión por Incorporación (Inversa): Todos los comparecientes y socios de las respectivas sociedades, esto es, doña María Ignacia Bendicho Letelier, don José Luis Enrique Bendicho Letelier, don Francisco José Bendicho Letelier, don Diego José Bendicho Letelier, doña Alejandra María de la Ascención Letelier Izquierdo y don José Luis Ramón Bendicho Hojas, como únicos socios de Rentas-Dos, por una parte; y, por la otra, don José Luis Ramón Bendicho Hojas por sí y en representación de Rentas- Dos, como únicos socios Agrícola-Ateca, acordaron la fusión por incorporación de la Sociedad Absorbida (Rentas-Dos) en la Sociedad Absorbente (Agrícola-Ateca), mediante el aporte de la totalidad de los derechos sociales que los socios tienen en la Sociedad Absorbida, siendo Agrícola-Ateca la continuadora legal para todos los efectos legales, y conservando su razón social y Rol Único Tributario (la “Fusión”). Por efecto de la fusión, la Sociedad Absorbente adquiere la totalidad de los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida, sucediéndola en sus derechos y obligaciones. A consecuencia de la Fusión y para efectos de reflejar el aumento de capital en la Sociedad Absorbente, se modifican los estatutos sociales de Agrícola-Ateca, aumentando su capital y sustituyendo íntegramente su Artículo Cuarto por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de doscientos treinta millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos treinta y dos pesos, totalmente enterado, y que corresponde a los actuales socios como sigue: (a) doña María Ignacia Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, equivalente aproximadamente a un tres coma nueve cinco cinco seis por ciento de los derechos sociales; (b) don José Luis Enrique Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, equivalente aproximadamente a un tres coma nueve cinco cinco seis por ciento de los derechos sociales; (c) don Francisco José Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, equivalente aproximadamente a un tres coma nueve cinco cinco seis por ciento de los derechos sociales; (d) don Diego José Bendicho Letelier, la suma de nueve millones ciento nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos, equivalente aproximadamente a un tres coma nueve cinco cinco seis por ciento de los derechos sociales; (e) doña Alejandra María de la Ascención Letelier Izquierdo, la suma de seis millones setenta y tres mil tres pesos, equivalente aproximadamente a un dos coma seis tres siete uno por ciento de los derechos sociales; y, (f) don José Luis Ramón Bendicho Hojas, la suma de ciento ochenta y siete millones setecientos ochenta y cuatro mil ciento quince pesos, equivalente aproximadamente a un ochenta y uno coma cinco cuatro cero siete por ciento de los derechos sociales”. (3) Disolución Rentas-Dos: Por consiguiente, Rentas Ateca Dos Limitada se disuelve y Agrícola Ateca Limitada será la continuadora legal para todos los efectos legales. Se estableció que la Fusión tendrá efectos contables a partir de la fecha de la escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2024.-