Aba y Rojas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2024
- Repertorio
- 156-2024
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Independencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Notario Público Titular de la Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Independencia, domiciliado en Avenida Independencia Nº 873, Independencia, CERTIFICO: Que por escritura pública, otorgada con fecha 02 de Agosto de 2024, bajo el repertorio N°156-2024, ante mí, doña Gina Aída Rivano Pinto, C.I. Nº 8.616.345-4, don Ricardo César Rojas Pérez, C.I.Nº 7.073.247-5 y don Ricardo Sergio Rojas Rivano, C.I.Nº 13.79.980- 6, todos domiciliados en Avenida Fermín Vivaceta N° 728, comuna de Independencia, modificaron la sociedad “ ABA Y ROJAS LIMITADA “ con nombre de fantasía “ ABA MAQUINARIAS LIMITADA “, constituida el 18 de mayo del año 2010, ante el notario de Santiago don Eduardo Javier Diez Morello, extracto inscrito a Fojas 24.802, N° 17.046, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Santiago del año 2010, publicado en el Diario Oficial el 07 de Junio del año 2010. Modificación: Se retira de la sociedad doña Gina Aida Rivano Pinto, dueña del 98 % del haber social quien lo vende, cede y transfiere a don Ricardo Sergio Rojas Rivano, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de nueve millones ochocientos mil pesos que el cesionario paga a la cedente en este acto de contado y dinero efectivo, declarando ésta última recibirlos a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos y acciones quedan como únicos socios de “ABA Y ROJAS LIMITADA “ o “ABA MAQUINARIAS LTDA.”, don Ricardo César Rojas Pérez, dueño del dos por ciento de los derechos sociales, con un aporte de doscientos mil pesos y don Ricardo Sergio Rojas Rivano, dueño del noventa y ocho por ciento de los derechos sociales con un aporte de nueve millones ochocientos mil pesos . Capital de la sociedad es de diez millones de pesos. Por el presente acto e instrumento don Ricardo Sergio Rojas Rivano y don Ricardo César Rojas Pérez acuerdan modificar la cláusula quinta del pacto social primitivo, en el sentido que el uso de la razón social y administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a don Ricardo César Rojas Pérez, con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula quinta del pacto original, las que se entienden entera y expresamente reproducidas en este instrumento. En todo lo no modificado por la presente escritura, los actuales socios ratifican y declaran que se mantiene vigente en su integridad el pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago de Chile, Independencia, a 14 de agosto del año 2024.