SOCIEDAD MEDICA VENEGAS GONZALEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2024
- Notario
- RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA
- Oficio
- Sexta Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, certifico que por escritura pública repertorio Número 1983-2024, ante el Notario Suplente Álvaro Daniel Reyes De La Rivera, con fecha 29 de Octubre de 2024, don LUIS ERNESTO VENEGAS GONZALEZ, cédula de identidad número quince millones setecientos cincuenta mil quinientos dos guión cinco, quien declara ser casado en régimen de separación total de bienes según se acreditara, Médico Cirujano, domiciliado en Avenida Mirador Norte número ochocientos diez departamento ciento veinticinco A, Concón, como EL CEDENTE; y, por la otra don MAX ANTONIO KIRMAYR SALINAS, cédula de identidad número ocho millones seiscientos noventa y ocho mil seiscientos siete guión ocho chileno, casado, Administrador de Empresas, domiciliado en calle Los Ginkos, número novecientos ochenta, Concón, región de Valparaíso, en representación de don RODRIGO ALEJANDRO VENEGAS GONZALEZ, cédula de identidad número dieciséis millones ciento siete mil ochocientos siete guión siete, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, kinesiólogo, domiciliado en calle Bondi numero novecientos sesenta y tres departamento ochenta y cinco, Las Condes, Santiago, como EL CESIONARIO; quienes comparece por si, y además en representación de la SOCIEDAD DE PROFESIONALES SOCIEDAD MEDICA VENEGAS GONZÁLEZ LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y seis mil doscientos siete guión tres. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas exhibidas y exponen: PRIMERO: ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD. Por escritura pública de fecha doce de diciembre del año dos mil doce otorgada ante MARCOS ANDRES DIAZ LEON notario público de esta ciudad, don RODRIGO ALEJANDRO VENEGAS GONZALEZ- y don LUIS ERNESTO VENEGAS GONZALEZ - constituyeron sociedad de responsabilidad limitada y profesionales "SOCIEDAD MEDICA VENEGAS GONZALEZ LIMITADA”, su extracto se inscribió a fojas dos mil setecientos, número dos mil novecientos once el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año dos mil doce, y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiuno de diciembre del dos mil doce, con un capital inicial de dos millones de pesos-, sin que haya sido modificado. Para efectos tributarios tiene asignado el rol único tributario número Setenta y seis millones dos cientos cincuenta y seis mil doscientos siete guion tres.- SEGUNDO: ACTUALES SOCIOS.- Conforme al pacto social vigente, los actuales y únicos socios de la sociedad "SOCIEDAD MEDICA VENEGAS GONZALEZ LIMITADA” son Luis Ernesto Venegas González, con un ochenta por ciento de los derechos sociales, y : Rodrigo Alejandro Venegas González con veinte por ciento de los derechos sociales, participando ambos con esos porcentajes en el capital de la sociedad de dos millones de pesos, y en las utilidades o eventuales pérdidas sociales.- TERCERO: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES.- a) Por el presente instrumento, don LUIS ERNESTO VENEGAS GONZÁLEZ, con el consentimiento expreso de su socio, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales correspondientes al treinta y siete coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, que equivale al treinta por ciento de la sociedad, a don RODRIGO ALEJANDRO VENEGAS GONZALEZ, quien declara comprar y adquirir para sí dichos derechos sociales. Las partes acuerdan que el cedente venderá al cesionario una participación del 30% de la sociedad, valorada en $600.000. Esta cesión permitirá que ambos posean un 50% de la sociedad, equivalente a $1.000.000 cada uno. Con este acuerdo, se garantiza una distribución equitativa de la propiedad entre ambos socios. - CUARTO: NUEVA COMPOSICIÓN SOCIETARIA.- Como consecuencia de la cesión antes indicada, se distribuyen entre los socios los derechos sociales en la siguiente proporción: a) LUIS ERNESTO VENEGAS GONZALEZ, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales y, b) RODRIGO ALEJANDRO VENEGAS GONZALEZ con el cincuenta por ciento de los derechos sociales. La participación de cada socio en las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad será en proporción de su capital.- QUINTO:Los derechos materia de las cesiones contenidas en la presente escritura se encuentren libres de embargos, limitaciones y prohibiciones, respondiendo los cedentes de su calidad de socios y del monto y calidad de sus derechos, y se extienden a cuanto correspondiere a los cedentes en la sociedad, a cualquier título y sobre todos los bienes muebles e inmuebles que a aquella pertenecen.- SEXTO: La personería de don MAX ANTONIO KIRMAYR SALINAS para representar a don RODRIGO ALEJANDRO VENEGAS GONZALEZ, consta en escritura pública de fecha dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, otorgada ante la Notaria, de la ciudad Las Condes, Santiago, de doña LINDA SCARLETH BOSCH JIMENEZ, bajo el Repertorio número cinco mil novecientos cincuenta y siete año dos mil veinticuatro. SÉPTIMO: En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social original, en especial aquella disposición relativa a la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. - Demas estipulaciones en la escritura extractada. Concón, 20 de Noviembre de 2024. Se da copia. DOY FE.