CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Médicos Sepúlveda y Compañía Limitada

RUT 8546245-8 CVE 2576212
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2024
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2024
Repertorio
4048-2024
Notario
PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
Oficio
Segunda Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, renovándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos un mes del término del período que estuviere en curso

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A. La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud humana en general en su más amplio sentido y alcance, y prestación de servicios relacionados con la profesión médica, principalmente toda actividad relacionada con la traumatología, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; B. El desarrollo de todo tipo de actividades industriales y comerciales destinados a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras y formar parte o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tengan por finalidades aquellas propias de la empresa; y C. Dar clases y)o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros. ADMINISTRACIÓN REPRESENTACIÓN LEGAL SOCIAL Y

Administración

Corresponderá al socio don SERGIO EDUARDO SEPÚLVEDA URIBE, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con facultades estipulada en el pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2024, Repertorio Nº4048-2024, compareció ante mí, don SERGIO EDUARDO SEPÚLVEDA URIBE, cédula de identidad N°8.546.245-8, con domicilio en Avenida Andalué N° 215, San Pedro de la Paz, y doña SILVANA PAZ SEPÚLVEDA PEPE, cédula de identidad N°18.640.248-0, con domicilio en Calle L N°995, departamento 107 D, Brisa del Sol, Talcahuano, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: La razón social será “Servicios Médicos Sepúlveda y Compañía Limitada”, pudiendo usar la palabra Limitada en su abreviatura de “Ltda.” nombre de fantasía, “Sepúlveda y Cia. Ltda.” OBJETO: El objeto de la sociedad será: A. La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud humana en general en su más amplio sentido y alcance, y prestación de servicios relacionados con la profesión médica, principalmente toda actividad relacionada con la traumatología, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; B. El desarrollo de todo tipo de actividades industriales y comerciales destinados a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras y formar parte o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tengan por finalidades aquellas propias de la empresa; y C. Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. ADMINISTRACIÓN REPRESENTACIÓN LEGAL SOCIAL Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá al socio don SERGIO EDUARDO SEPÚLVEDA URIBE, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con facultades estipulada en el pacto social. CAPITAL: $1.000.000, que los socios aportan y aportarán de la siguiente manera: A. El socio, SERGIO EDUARDO SEPÚLVEDA URIBE, la suma de $100.000.-, que corresponde al 10% del capital social, que se ingresan en dinero efectivo, ya enterado en la caja social; B.- La socia, SILVANA PAZ SEPÚLVEDA PEPE, la suma de $900.000.-, que corresponde al 90% del capital social, que se ingresan en dinero efectivo, ya enterado en la caja social. Los aportes precedentemente mencionados, han sido ingresados en la caja social, en la forma referida. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.- DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, renovándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos un mes del término del período que estuviere en curso.- DOMICILIO: Concepción. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción noviembre 22, de 2024.- Doy fe.