INVERSIONES INMOBILIARIAS SAJOAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años, renovables por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren su intención de ponerle término mediante comunicación escrita enviada al domicilio señalado por los socios en este instrumento, lo que deberá efectuarse en todo caso dentro de los sesenta días anteriores al de la expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad serán los siguientes: uno) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, derechos, cuotas, bonos y debentures, fondos de inversión, letras hipotecarias, mutuos hipotecarios, documentos emitidos por Bancos Nacionales o Extranjeros o por el Banco Central y en general títulos valores, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios; adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores y percibir sus frutos; dos) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento con o sin opción de compra, subarrendamiento y cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. Tres) La explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de complejos hoteleros, turísticos, y recreacionales
Administración
La administración de la sociedad corresponderá a los socios de consuno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2024, otorgada ante mí, don ÁLVARO JAVIER GONZÁLEZ DÍAZ, domiciliado en calle Carlos Romero -ex calle Tres- casa setecientos cuarenta y tres, Villa Los Ciruelos, etapa tres de Buin, comuna de Buin, de paso en ésta; don ANTONIO GUMERCINDO GUITÉRREZ PLAZA, domiciliado en José Manuel Figari número mil treinta y seis, comuna de Buin, de paso en ésta; y doña SARA MAGDALENA GUTIÉRREZ PLAZA, domiciliada en Potrerillos Salinas número cuatrocientos diecisiete, Población Arturo Prat, comuna de Buin, de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: “INVERSIONES INMOBILIARIAS SAJOAL LIMITADA”, pudiendo usar para fines bancarios, financieros y de publicidad el nombre de fantasía “SAJOAL LIMITADA” o “SAJOAL LTDA.”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de cinco años, renovables por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren su intención de ponerle término mediante comunicación escrita enviada al domicilio señalado por los socios en este instrumento, lo que deberá efectuarse en todo caso dentro de los sesenta días anteriores al de la expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas.- OBJETO: El objeto de la sociedad serán los siguientes: uno) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, derechos, cuotas, bonos y debentures, fondos de inversión, letras hipotecarias, mutuos hipotecarios, documentos emitidos por Bancos Nacionales o Extranjeros o por el Banco Central y en general títulos valores, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios; adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores y percibir sus frutos; dos) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento con o sin opción de compra, subarrendamiento y cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. Tres) La explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de complejos hoteleros, turísticos, y recreacionales. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, que se aportan por partes iguales por cada uno de los socios, en la siguiente forma: don ÁLVARO JAVIER GONZÁLEZ DÍAZ y don ANTONIO GUMERCINDO GUTIÉRREZ PLAZA, aportan diez millones de pesos cada uno, en dinero efectivo, en este acto, en caja social. En tanto, doña SARA MAGDALENA GUTIÉRREZ PLAZA aporta el inmueble correspondiente al Lote dieciocho, que es parte del resto o parte no transferida del Lote uno B, que es parte del predio denominado Fundo “La Cueva”, ubicado en las comunas de La Estrella, y Litueche, Provincia Cardenal Caro, Región de O´higgins, tiene una superficie de cinco mil metros cuadrados, y deslinda: Noroeste, en línea recta de treinta y seis coma cero cuatro metros con Resto del Lote Uno B; Noreste, en línea recta ciento treinta y ocho coma setenta y ocho metros con Lote diecisiete de la subdivisión; Sureste, en línea recta de treinta y seis coma cero cuatro metros con Lote Uno A, camino de tránsito de por medio; Suroeste, en línea recta de ciento treinta y ocho coma setenta y ocho metros con Lote diecinueve de la subdivisión.- Los deslindes y superficie constan del plano de subdivisión que se encuentra agregado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Litueche, bajo el número doscientos nueve, correspondiente al año dos mil diecisiete. Lo adquirió por compra que hizo a Agrícola San Nicolás SpA, y se encuentra inscrito a fojas dos mil trescientos treinta y ocho número dos mil sesenta y ocho, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Litueche. El aporte está avaluado en diez millones de pesos. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponderá a los socios de consuno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2024.-