CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA EL SOL LIMITADA

RUT 8451902-2 CVE 2576716
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2024
Repertorio
14334/2024
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Ley aplicable
Ley N° 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión tanto en el mercado nacional como internacional y la administración de estas inversiones y sus frutos, esto es principalmente el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades existentes o que se constituyan en el futuro

Administración

La administración, el uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá individualmente al socio don Guillermo Patricio Chahuán Manzur, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin perjuicio de lo anterior, se requerirá el actuar conjunto de ambos socios para todos aquellos actos jurídicos que tengan relación con bienes inmuebles, tales como hipotecarlos, arrendarlos, comprarlos, venderlos, entre otros actos jurídicos que puedan celebrarse respecto de toda clase de inmuebles

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 18/11/2024, Repertorio 14.334/2024, ante mí, GUILLERMO PATRICIO CHAHUÁN MANZUR, chileno, divorciado, empleado, C.I. N° 8.451.902-2, domiciliado en calle Rojas Magallanes número 2312, comuna de La Florida, Santiago y PATRICIA NELLY CONTRERAS LEIVA, chilena, soltera, empleada, C.I. N° 12.736.640-3, domiciliada en calle Quetro número 2793, comuna de La Florida, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada regida por las estipulaciones de este contrato, por las disposiciones de la Ley N° 3.918, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y de comercio que versan sobre la materia en todo lo que no se hubiera estipulado en este contrato. Razón Social: La razón social de la sociedad será INMOBILIARIA EL SOL LIMITADA, pudiendo operar ante bancos e instituciones financieras, y cualquiera otra institución pública o privada con el nombre de fantasía de EL SOL LTDA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión tanto en el mercado nacional como internacional y la administración de estas inversiones y sus frutos, esto es principalmente el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades existentes o que se constituyan en el futuro. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios enteran y aportan de la siguiente forma: el socio don Guillermo Patricio Chahuán Manzur aporta en este acto la suma de $700.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un setenta por ciento de la participación social y la socia doña Patricia Nelly Contreras Leiva aporta la suma de $300.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un treinta por ciento de la participación social. Duración de la sociedad: La sociedad se pacta por un período de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de no perseverar en la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con una anticipación no inferior a 180 días al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. Administración de la sociedad y uso de la razón social: La administración, el uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá individualmente al socio don Guillermo Patricio Chahuán Manzur, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin perjuicio de lo anterior, se requerirá el actuar conjunto de ambos socios para todos aquellos actos jurídicos que tengan relación con bienes inmuebles, tales como hipotecarlos, arrendarlos, comprarlos, venderlos, entre otros actos jurídicos que puedan celebrarse respecto de toda clase de inmuebles. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de Noviembre 2024. Mmo.