INMOBILIARIA E INVERSIONES KYLE TP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 5277
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $626.612 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años prorrogables por periodos iguales y sucesivos
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: a) la inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, bonos, valores debentures, cuotas de fondos mutuos, títulos de crédito, etcétera y todo tipo de efectos de comercio, en derechos y acciones en todo tipo de sociedades, nacionales y extranjeras ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; b) administrar tales inversiones, ya sean nacionales o extranjeras, y percibir todos los frutos provenientes de ellas; c) Compra y venta, permuta, arriendo, leasing y lease-back, de toda clase de bienes inmuebles y en general desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, para lo cual podrá efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios de oficinas, de locales comerciales y departamentos, venderlos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; d) efectuar préstamos de dinero de sus propios recursos; e) la asesoría financiera en general; f) la celebración de actos y contratos con instituciones públicas o privadas dentro del giro social; g) la obtención de financiamiento y toda clase de recursos económicos y materiales para el cumplimiento de sus fines, entendiéndose además en general, comprendidas dentro del objeto social, las actividades, negocios y operaciones relacionadas con las materias ya señaladas y)o prolongación de los fines de la sociedad; l) en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen que sean necesarias para llevar a cabo el giro y que no sean contrarios a la ley.- Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la 15º Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº 201 locales 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura de fecha 11 de noviembre de 2024 otorgada ante el Titular, Repertorio Nº 5277 – 2024, CRISTIAN MARTÍN TRUJILLO LAMAS C.I. 8.522.361-5; MARÍA CECILIA PERNSTEINER SEÑOR, C.I. 8.818.805-5; VALERIA CONSTANZA TRUJILLO PERNSTEINER, C.I. 20.444.113-8; CATALINA PAZ TRUJILLO PERNSTEINER, C.I. 21.066.565-K, todos domiciliados en Padre Errázuriz Nº 7689, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; PABLO CRISTIÁN TRUJILLO PERNSTEINER, C.I. 16.749.550-8, domicilio Santa Julia Nº 278, dpto. 308-A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y MURIEL ALEJANDRA TRUJILLO PERNSTEINER, C.I. 17.677.775-3, domicilio Avenida Apoquindo Nº 7750, dpto. 2603, torre 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES KYLE TP LIMITADA”, pudiendo usar para fines bancarios y de propaganda el nombre de fantasía “KYLE TP LTDA.”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: a) la inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, bonos, valores debentures, cuotas de fondos mutuos, títulos de crédito, etcétera y todo tipo de efectos de comercio, en derechos y acciones en todo tipo de sociedades, nacionales y extranjeras ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; b) administrar tales inversiones, ya sean nacionales o extranjeras, y percibir todos los frutos provenientes de ellas; c) Compra y venta, permuta, arriendo, leasing y lease-back, de toda clase de bienes inmuebles y en general desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, para lo cual podrá efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios de oficinas, de locales comerciales y departamentos, venderlos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; d) efectuar préstamos de dinero de sus propios recursos; e) la asesoría financiera en general; f) la celebración de actos y contratos con instituciones públicas o privadas dentro del giro social; g) la obtención de financiamiento y toda clase de recursos económicos y materiales para el cumplimiento de sus fines, entendiéndose además en general, comprendidas dentro del objeto social, las actividades, negocios y operaciones relacionadas con las materias ya señaladas y/o prolongación de los fines de la sociedad; l) en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen que sean necesarias para llevar a cabo el giro y que no sean contrarios a la ley.- Administración y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio CRISTIAN MARTÍN TRUJILLO LAMAS, quien la representará con las amplias facultades que se señalan en el pacto social.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $626.612.495 que los socios aportan en la siguiente proporción: CRISTIAN MARTÍN TRUJILLO LAMAS aporta el 95% del capital, consistente en la suma de $595.281.870; MARÍA CECILIA PERNSTEINER SEÑOR, aporta un 1% del capital, consistente en la suma de $6.266.124; VALERIA CONSTANZA TRUJILLO PERNSTEINER, aporta un 1% del capital, consistente en la suma de $6.266.124; CATALINA PAZ TRUJILLO PERNSTEINER, aporta un 1% del capital, consistente en la suma de $6.266.124; PABLO CRISTIÁN TRUJILLO PERNSTEINER, aporta un 1% del capital, consistente en la suma de $6.266.124; MURIEL ALEJANDRA TRUJILLO PERNSTEINER, aporta un 1% del capital, consistente en la suma de $6.266.124. Capital que los socios suscriben y pagan en la forma señalada en el pacto social, quedando de esta forma el capital totalmente suscrito.- Duración: 3 años prorrogables por periodos iguales y sucesivos.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio establecer agencias, sucursales, oficinas, en el resto del país o extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2024.