Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Notario
- NESTOR ARAYA BLAZINA
- Domicilio
- Serrano N° 386
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique
- Duración
- cinco años renovables por iguales periodos de manera automática y sucesivamente
Objeto social
Será: la prestación de servicio de comercio electrónico, el transporte de carga y pasajeros urbano, interurbano, interregional y nacional, la inversión en toda clase de bienes muebles, su fabricación, confección, venta y comercialización, ya sean corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, depósitos a plazo, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos de comercio y cualesquiera otros valores, sean ellos de oferta pública o privada y que se transen en Chile y)o en el extranjero. La realización y ejecución de obras de Ingeniería, arquitectura y obras viales, el transporte de carga y personal, La compra, venta, reparación y arrendamiento de bienes muebles y maquinarias de toda clase o tipo, equipos y componentes hidráulicos; La mantención industrial. La prestación de servicios de asesoría profesional y práctica. La inversión, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en territorio nacional o en el extranjero, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; Administrar las inversiones anteriores y percibir frutos o rentas. Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público, Serrano N° 386, Iquique; Certifico: Por escritura otorgada hoy ante mi, VALENTINA JOANKA ARIAS SUAZO, Rut 17.430.511-0; y don VLADIMIR ANDRES CAREVIC VERGARA, Rut 15.031.258-2, ambos domiciliados en Avenida Reina Mar 2613, Dpto. 2202 Iquique; de acuerdo a lo dispuesto en los Estatutos, las disposiciones contenidas en el Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, y en su defecto, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas contenidas en la Ley número 18.046, constituyen una sociedad por acciones cuyos estatutos son los siguientes: Razón Social: “HUAYCA SPA”.- Objeto: Será: la prestación de servicio de comercio electrónico, el transporte de carga y pasajeros urbano, interurbano, interregional y nacional, la inversión en toda clase de bienes muebles, su fabricación, confección, venta y comercialización, ya sean corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, depósitos a plazo, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos de comercio y cualesquiera otros valores, sean ellos de oferta pública o privada y que se transen en Chile y/o en el extranjero. La realización y ejecución de obras de Ingeniería, arquitectura y obras viales, el transporte de carga y personal, La compra, venta, reparación y arrendamiento de bienes muebles y maquinarias de toda clase o tipo, equipos y componentes hidráulicos; La mantención industrial. La prestación de servicios de asesoría profesional y práctica. La inversión, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en territorio nacional o en el extranjero, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; Administrar las inversiones anteriores y percibir frutos o rentas. Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres.- Capital social: $1.000.000, se divide en cien acciones nominativas, sin valor nominal, que los accionistas constituyentes suscriben íntegramente en este acto y pagan de la siguiente manera: la socia VALENTINA JOANKA ARIAS SUAZO paga en este acto, $500.000.- en dinero efectivo, que corresponden al CINCUENTA por ciento del total de las acciones y derechos sociales, esto es, la cantidad de CINCUENTA acciones nominativas; el socio VLADIMIR ANDRES CAREVIC VERGARA paga en este acto en dinero efectivo, $500.000.-, que corresponden al CINCUENTA por ciento del total de las acciones y derechos sociales, CINCUENTA acciones nominativas.- Duración: cinco años renovables por iguales periodos de manera automática y sucesivamente.- Domicilio: Iquique.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 11 de Noviembre de 2024.