Grant Thornton Consultoría y Servicios Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2024
- Repertorio
- 5590-24
- Notario
- Evaldo Daniel Rehbein Utreras
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, calle Enrique Mac Iver N° 225, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2024, con el repertorio 5590-24, ante mí, comparecieron don Carlos Hernán Muñoz Saravia, don Miguel Ángel Bozo Labarca, don Cristián Gonzalo Bastián Escobar, don Alejandro Luis Cerda Gallardo, don Luis Humberto Velásquez Molina, doña Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, don Nicolás Jesús Alegría Ojeda, don José Antonio Tapia Alucema, don Oliver San Juan Reydet, don Javier Alejandro Veloso Ríos, don Rafael Alejandro Malla Osorio, don Eugenio Jesús Poblete Montoya, don Edgardo Durán Rivera, don Alexander Aníbal Silva Pérez, don Rodrigo Felipe Salas Aedo, doña Dilia Zeina Contreras Quintana, doña Fabiola Alejandra Escobar Conejeros, don Alejandro Andrés Gutiérrez Varela, don Robinson Ramiro Lizana Tapia, doña Daniela Francisca Guerrero Bravo y don Martinus Peter Faro, únicos socios de la sociedad Grant Thornton Consultoría y Servicios Limitada, inscrita a fojas 103.037 con el número 45.208 en el Registro de Comercio del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, aprobando que: (i) Rodrigo Felipe Salas Aedo venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 2% de los derechos sociales que tiene en la Sociedad, para lo cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga en este acto, al contado y en dinero efectivo la suma de $40.000 a Rodrigo Felipe Salas Aedo; y (ii) Daniela Francisca Guerrero Bravo venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 2% de los derechos sociales que tiene en la Sociedad, para lo cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga en este acto, al contado y en dinero efectivo la suma de $40.000 a Daniela Francisca Guerrero Bravo. En atención de la cesión de derechos sociales antes descrita se modifica íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos de la Sociedad por el siguiente texto: “Cuarto: Capital Social. El capital social será la suma de $2.000.000, cantidad que los socios enteran de la siguiente forma: a) El socio Carlos Hernán Muñoz Saravia aporta la cantidad de $640.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al 32% del capital social; b) El socio Miguel Ángel Bozo Labarca aporta la cantidad de $80.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; c) El socio Cristián Gonzalo Bastián Escobar aporta la cantidad de $200.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 10% del capital social; d) El socio Alejandro Luis Cerda Gallardo aporta la cantidad de $200.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 10% del capital social; e) El socio Luis Humberto Velasquez Molina aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; f) La socia Teresa de Jesús Oliva Santibáñez aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; g) El socio Nicolás Jesús Alegría Ojeda aporta la cantidad de $200.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 10% del capital social; h) El socio José Antonio Tapia Alucema aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; i) El socio Oliver San Juan Reydet aporta la cantidad de $20.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 1% del capital social; j) El socio Javier Alejandro Veloso Ríos aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; k) El socio Rafael Alejandro Malla Osorio aporta la cantidad de $100.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 5% del capital social; l) El socio Eugenio Jesús Poblete Montoya aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; m) La socia Dilia Zeina Contreras Quintana, aporta la cantidad de $60.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; n) El socio Edgardo Durán Rivera aporta la cantidad de $20.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 1% del capital social; o) El socio Alexander Aníbal Silva Pérez aporta la cantidad de $20.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 1% del capital social; p) La socia Fabiola Alejandra Escobar Conejeros aporta la cantidad de $40.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 2% del capital social; q) El socio Alejandro Andrés Gutiérrez Varela aporta la cantidad de $40.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 2% del capital social; r) El socio Robinson Ramiro Lizana Tapia aporta la cantidad de $40.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 2% del capital social; y s) El socio Martinus Peter Faro aporta la cantidad de $40.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 2% del capital social”. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación.- Santiago, 22 de Noviembre de 2024.