MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL MOSMO LIMITADA

RUT 76965753-3 CVE 2576552
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2024
Notario
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
Oficio
7ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Duración
ARTÍCULO PRIMERO:

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMERCIAL MOSMO LIMITADA socio 76965753-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Público Interino de la 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 15/11/2024 ante mí: Doña SHANSHAN CHEN, C.I. para extranjero N° 26.258.676-6, don CHIEN-WEN CHUNG, C.I. para extranjero N° 14.557.151-0, ambos con domicilio en calle Sepúlveda Leyton N° 2910, Depto. N° 1, Santiago; y, doña YOHIMA SANTOYO MUSTELIER, C.I. para extranjero N° 26.664.754-9, domiciliada en Av. Mariano Sánchez Fontecilla N° 1180, Depto. N° 1601, Las Condes, PRIMERO: Los comparecientes suscribieron escritura de modificación y transformación de COMERCIAL MOSMO LIMITADA, R.U.T. N° 76.965.753-3 , la cual está inscrita a Fs. 48.508, N° 25.155, del Registro de comercio del C.B.R., de Santiago del año 2018, en los siguientes términos: SEGUNDO: CESION: en este acto y por este instrumento doña Shanshan Chen y don Chien-Wen Chung vienen en vender, ceder y transferir el 100% de sus acciones que en conjunto equivalen a 500 acciones que poseen en Comercial Mosmo Limitada a doña Yohima Santoyo Mustelier, quien los compra, acepta y adquiere para sí. TERCERO: PRECIO: El precio de la presente cesión de derechos es la suma $12.000.000.- los cuales la cesionaria pago en fecha anterior a los cedentes, declarando estos haber recibido dicha suma de dinero en efectivo y al contado a su entera satisfacción. CUARTO: TRANSFORMACION DE SOCIEDAD. En virtud a lo expresado precedentemente y por el presente instrumento, doña Yohima Santoyo Mustelier, en su calidad de única socia de Comercial Mosmo Limitada, viene en transformar dicha sociedad, mediante el cambio de especie o tipo social de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en una sociedad por acciones que se regirá preferentemente por las estipulaciones estatutarias que se indicarán en la presente escritura, y en su silencio por lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y demás que sean aplicables. Asimismo, doña Yohima Santoyo Mustelier, deja expresa constancia que el capital de la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma, asciende a la suma de $12.000.000.- el que se encuentra íntegramente enterado y pagado en arcas sociales. Asimismo, la socia doña Yohima Santoyo Mustelier, deja constancia que, en atención a su actual participación en los derechos sociales de la sociedad que se transformará en una sociedad por acciones, según lo acordado en el presente instrumento, el capital social ascendente a la suma $12.000.000.- quedará dividido en 500 acciones ordinarias, sin valor nominal, de una misma y única serie, sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. QUINTO: Acciones. En virtud de lo señalado precedentemente, a doña Yohima Santoyo Mustelier le corresponderán 500 acciones de Comercial Mosmo Limitada, una vez transformada en sociedad por acciones. SEXTO: Nuevos estatutos. Como consecuencia de la transformación, doña Yohima Santoyo Mustelier, en su calidad de único accionista de Sociedad Mosmo Limitada, viene en sustituir los estatutos vigentes por el siguiente texto único que regirá a la Sociedad desde esta fecha: “ESTATUTOS SOCIALES COMERCIAL MOSMO SpA. “TÍTULO PRIMERO. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE. Se constituye una sociedad por acciones que se denominará “COMERCIAL MOSMO SpA”.- ARTÍCULO SEGUNDO: Su domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el gerente acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero.- ARTÍCULO TERCERO: La duración de la sociedad será indefinida.- ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá como objeto la compra, venta, arriendo y administración de toda clase de bienes inmuebles, asimismo la importación, exportación, comercialización, compra y venta al por mayor y al detalle de toda clase de prendas de vestir, además de la comercialización de todo tipo de artículos de perfumería, cosméticos, jabones y productos de aseo y limpieza en general, asimismo como la realización de inversiones de toda clase, en bienes muebles e inmuebles, además del arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles e inmuebles.- En general toda activad que tenga relación directa e indirecta con el objeto principal señalado, y de cualquier otra actividad mercantil acordada por los socios pudiendo para tal efecto asociarse, constituir o formar sociedades de cualquier tipo.- TITULO SEGUNDO.- CAPITAL Y ACCIONES.- ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a $12.000.000.- divididos en 500 acciones, todas de una misma serie y sin valor nominal, suscritos y pagados en dinero en efectivo y al contado por la constituyente en este acto, ingresando a la caja social. La administración será ejercida por doña Yohima Santoyo Mustelier en calidad de Gerente General. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de Noviembre de 2024.