CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CLINICAL VA SpA

CVE 2576665
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2024
Repertorio
16933-2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: A) Actividades de Consultoría de Gestión B) Investigaciones y desarrollo experimental C) Cualquier otra actividad que acuerden los

Administración

La Administración de la sociedad, su representación judicial y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a GHILHERME GISCHKOW RUCATTI y DEBORA SOLANGE OÑATE CABEZAS ya individualizados, quien, anteponiendo su firma a la razón social, actuará en forma conjunta por la sociedad, ostentando de las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO Notario Público de 33° Notaria de Santiago con oficio en Huérfanos 979, oficina 501 certifico que con fecha 18 de noviembre de 2024, ante mí, repertorio 16.933-2024, GHILHERME GISCHKOW RUCATTI y DEBORA SOLANGE OÑATE CABEZAS, constituyeron por instrumento privado protocolizado sociedad por acciones de NOMBRE O RAZON SOCIAL “CLINICAL VA SpA” Y NOMBRE DE FANTASIA “CLINICAL VA SpA”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en otros lugares del país o del Extranjero, DURACION: indefinida: OBJETO: El objeto de la Sociedad será: A) Actividades de Consultoría de Gestión B) Investigaciones y desarrollo experimental C) Cualquier otra actividad que acuerden los socios.- CAPITAL: $2.000.000.- (dos millones de pesos), divididos en 100.- (cien) acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal. Pagado en la forma que señala la escritura social, ADMINISTRACION: La Administración de la sociedad, su representación judicial y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a GHILHERME GISCHKOW RUCATTI y DEBORA SOLANGE OÑATE CABEZAS ya individualizados, quien, anteponiendo su firma a la razón social, actuará en forma conjunta por la sociedad, ostentando de las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada Santiago, a 22 de Noviembre de 2024.