SOCIEDAD COMERCIAL ARANEDA Y SALAMANCA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2024
- Repertorio
- 2175
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $76.933.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD COMERCIAL ARANEDA Y SALAMANCA LIMITADA | socio | 77700450-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN ERNESTO PÉREZ DUARTE, Notario Suplente de la Segunda Notaría de Ovalle, domicilio Miguel Aguirre N° 328 Ovalle, CERTIFICO: Por escritura otorgada ante el Notario Titular de este oficio, RODRIGO CABRERA ALBARRÁN, con fecha 7 de Octubre 2024, Repertorio Nº 2.175, CARMEN GLORIA SALAMANCA OSSANDON, CAMILA ANDREA ARANEDA SALAMANCA, CARLOS ENRIQUE ARANEDA TORRES y, CARLOS FELIPE ARANEDA SALAMANCA, todos con domicilio en calle Irma Alcayaga N° 964, Ovalle y, MARITÉ ARANEDA SALAMANCA, domicilio calle Comenderos N° 212, Las Condes, Santiago; modificaron SOCIEDAD COMERCIAL ARANEDA Y SALAMANCA LIMITADA, RUT 77.700.450-6, constituida por escritura pública, otorgada ante Notario Público de Ovalle don Eugenio Jiménez Larraín el 23 de octubre del 2001, inscrita en extracto a fojas 302, N° 173 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, año 2001, publicado en Diario Oficial 37.119 del 24 de noviembre de 2001. Por escritura extractada, socio CARLOS ENRIQUE ARANEDA TORRES cede y transfiere. a) a CARLOS FELIPE ARANEDA SALAMANCA, un tercio de sus derechos sociales equivalentes al 2,165%. b) cede y transfiere a CAMILA ANDREA ARANEDA SALAMANCA, un tercio de sus derechos sociales equivalentes al 2,165%. y, por último, c) cede y transfiere a MARITÉ ARANEDA SALAMANCA, el saldo de sus derechos en la sociedad equivalentes al 2,164%. En virtud de cesión de derechos sociales conformación societaria queda del siguiente modo: CARMEN GLORIA SALAMANCA OSSANDON, un 93,506%; CARLOS FELIPE ARANEDA SALAMANCA, un 2,165%; CAMILA ANDREA ARANEDA SALAMANCA, un 2,165%; y, MARITÉ ARANEDA SALAMANCA un 2,164%. Socios modifican cláusula CUARTO referida a la administración y uso de razón social, la cual corresponderá en forma indistinta y separada a uno cualesquiera de los señores CARLOS ENRIQUE ARANEDA TORRES y/o CARMEN GLORIA SALAMANCA OSSANDON. Modifican la cláusula SEXTO UTILIDADES Y PERDIDAS, las que se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes en el capital social. Modifican cláusula NOVENO referida al funcionamiento de la sociedad ante el fallecimiento del socio Carlos Enrique Araneda Torres; modifican cláusula DECIMO SEGUNDO que establece normas de liquidación, y también cláusula DECIMO SEXTO que establece normas de arbitraje, ante eventuales conflictos o situaciones que se produzcan entre los socios. Capital inicial $76.933.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Ovalle, 21 de Noviembre 2024.