MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS PESQUEROS E INMOBILIARIA MOVEN LIMITADA

RUT 78156700-0 CVE 2574382
Fecha instrumento
4 de octubre de 1991
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
4 de octubre de 1991
Comuna
Concepción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SOCIEDAD DE SERVICIOS PESQUEROS E INMOBILIARIA MOVEN LIMITADA. HERACLIO ROJAS VERGARA, Abogado Notario Público de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, ELIANA DEL CARMEN VENEGAS GONZÁLEZ, cédula de identidad N°8.216.567-3; OMAR ERNESTO FRANCISCO MORALES ROCA, cédula de identidad N°8.720.752-8; CAROLINA ANDREA MORALES VENEGAS, cédula de identidad N°17.041.114-5; y ALEJANDRA ANDREA MORALES VENEGAS, cédula de identidad N°18.143.424-4, todos domicilio Avenida Alemana 111, Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE SERVICIOS PESQUEROS E INMOBILIARIA MOVEN LIMITADA, constituida por escritura Pública el 04 de octubre del año 1991 en la Notaria de Concepción de Jorge Christoph Stange, inscrito a fojas 1073 N°1143 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 1991. Modificada por escritura pública el 13 de noviembre del año 2013, otorgada en la Notaria de Concepción de Juan Espinosa Bancalari, inscrita a fojas 3118 N°2690 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2013, publicado en el Diario Oficial el 20 de noviembre del año 2013. Modificación: Omar Ernesto Francisco Morales Roca, vende, a Carolina Andrea Morales Venegas, el 10% de derechos sociales, en $160.000, pagado efectivo. Quedando en consecuencia como socios: Omar Ernesto Francisco Morales Roca, 68,4%; Eliana del Carmen Venegas González, 19,6%; Carolina Andrea Morales Venegas, 11%; y Alejandra Andrea Morales Venegas, 1%, de participación social, respectivamente. La administración, representación y uso de la Razón Social corresponderá indistintamente a Omar Ernesto Francisco Morales Roca; Eliana Del Carmen Venegas González, y, a Carolina Andrea Morales Venegas, quienes podrán actuar en forma separada o conjuntamente, con las más amplias facultades. En lo no modificado rige pacto social primitivo y su modificación. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 12 de Noviembre de 2024.-