MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y ASESORÍAS CIMA SpA

RUT 76337556-0 CVE 2574341
Fecha instrumento
25 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2º Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2º Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, comuna de Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de octubre 2024, ante mí, don ALFONSO ANDRÉS ORELLANA ROJAS, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad 14.120.665-6, domiciliado en Camino Las Hualtatas 5.101, casa 306, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificó la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS CIMA SpA, Rut 76.337.556-0, inscrita a fojas 73.631, Nº 48.577, Registro de Comercio de Santiago año 2013.- MODIFICACIONES.- UNO/ Objeto Social, quedando redactado su nuevo texto como sigue: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto: A/ El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas o representar sociedades chilenas o extranjeras; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; B/ Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; C/ el corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; D/ la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y E/ Cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, en general, la ejecución y celebración de todo acto o contrato relacionado, directa o indirectamente, con tales objetivos o que sea conducente a ellos”.- DOS/ Capital Social, con la finalidad de aumentarlo a la suma total de dos millones de pesos, mediante la emisión de un mil acciones de pago por un monto de un millón de pesos, las que serán colocadas libremente por el Gerente General de la Sociedad a un valor mínimo de un mil pesos cada una de ellas, dentro de un plazo de treinta días a contar de esta fecha. La suscripción de las acciones deberá constar por escrito en la forma que determinan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables sobre la materia, debiendo pagarse el precio en dinero en efectivo.- En consecuencia, se sustituye el Artículo Sexto relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO.- El capital de la sociedad es de DOS MILLONES DE PESOS, dividido en DOS MIL acciones, ordinarias, nominativas, y sin valor nominal.”.- Por último, y para dar cuenta del aumento de capital que se efectúa en este acto, se modifica el Artículo Primero Transitorio, el que queda redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- El capital social, ascendente a la suma de DOS MILLONES DE PESOS y dividido en DOS MIL ACCIONES acciones, ordinarias, nominativas, y sin valor nominal, se encuentra parcialmente suscrito y pagado, de la siguiente forma: a) Con la suma de UN MILLON DE PESOS.- que corresponde al actual capital suscrito y pagado de la sociedad, representado por UN MIL ACCIONES, totalmente suscritas y pagadas; y b) El saldo, para completar el aumento de capital ascendente a UN MILLON DE PESOS.- se enterará y será pagado mediante la suscripción y pago de UN MIL ACCIONES, que el Gerente General emitirá y colocará de una sola vez a un precio mínimo de colocación de un mil pesos por acción. El precio de las acciones será pagado en dinero en efectivo. El aumento de capital, deberá encontrarse íntegramente suscrito y pagado dentro del plazo de treinta días contados desde la fecha de celebración de la escritura pública en que se aumentó el capital social.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 20 de noviembre de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.