CLÍNICA TORRES KURTH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 2549
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años a contar de fecha de escritura extractada, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma señalada en la escritura que se extracta, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la prestación de servicios de salud mental y odontológicos, comprendiendo la psiquiatría, psicoterapia, farmacoterapia, la prestación de servicios odontológicos generales en todas sus especialidades, tanto estéticas como de implantología, ortodoncia y demás que sean propios de la especialidad, asesorías a laboratorios farmacéuticos, protocolos de investigación, informes de medicamentos, y otras prestaciones médicas que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifica que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 19 de noviembre de 2024, repertorio N°2549, don Rafael Torres Barrenechea, doña Isabel Margarita Kurth Rojas y doña Begoña Belén Torres Kurth, todos domiciliados en Apoquindo 3.990, oficina 502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyas principales cláusulas extracto: Razón Social: CLÍNICA TORRES KURTH LIMITADA, pudiendo utilizar para fines publicitarios y bancarios el nombre de fantasía de Clínica Torres Kurth Ltda. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de fecha de escritura extractada, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma señalada en la escritura que se extracta, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la prestación de servicios de salud mental y odontológicos, comprendiendo la psiquiatría, psicoterapia, farmacoterapia, la prestación de servicios odontológicos generales en todas sus especialidades, tanto estéticas como de implantología, ortodoncia y demás que sean propios de la especialidad, asesorías a laboratorios farmacéuticos, protocolos de investigación, informes de medicamentos, y otras prestaciones médicas que acuerden los socios. Administración y Uso de Razón Social: Corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios Rafael Torres Barrenechea e Isabel Margarita Kurth Rojas, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. Capital: $1.000.000, que los socios aportan en dinero efectivo de la forma siguiente: a) Rafael Torres Barrenechea, la suma de $400.000, esto es, el 40% del capital social; b) Isabel Margarita Kurth Rojas, la suma de $400.000, esto es, el 40% del capital social; y c) Begoña Belén Torres Kurth, la suma de $200.000, esto es, el 20% del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 21 de noviembre de 2024.