Turismo y Hoteles Navarino SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 29342-2024
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $385.459.794 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de Turismo y Hoteles Navarino SpA | socio | 99555340-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3.001, 2º piso, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2024, bajo Repertorio N° 29.342-2024, ante mí, se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Turismo y Hoteles Navarino SpA, Rol Único Tributario N° 99.555.340-6 (la “Sociedad”), celebrada con fecha de 5 de noviembre de 2024 en la que se acordó aumentar el capital de la Sociedad en $385.459.794, esto es, desde la suma de $15.241.564.424, dividido en 15.241.564.424 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, a la suma de $15.627.024.218 pesos mediante la emisión de 385.459.794 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Asimismo, se acordó sustituir los Artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de quince mil seiscientos veintisiete millones veinticuatro mil doscientos dieciocho pesos, dividido en quince mil seiscientas veintisiete millones veinticuatro mil doscientas dieciocho acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que los eventuales futuros aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio se encuentra facultado para solicitar a los accionistas aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos, sujeto, sin embargo, a los términos del pacto de accionistas celebrado por los accionistas el diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro.” “Artículo Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince mil seiscientos veintisiete millones veinticuatro mil doscientos dieciocho dividido en quince mil seiscientas veintisiete millones veinticuatro mil doscientas dieciocho acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito de la siguiente forma: (a) SOCIEDAD DE INVERSIONES ALBATROS LIMITADA ha suscrito la cantidad de mil novecientas cincuenta y tres millones trescientas setenta y ocho mil veintisiete acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; (b) INVERSIONES BRAC LIMITADA ha suscrito la cantidad de mil novecientas cincuenta y tres millones trescientas setenta y ocho mil veintisiete acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; (c) AGENCIA DE VIAJES DAP ANTÁRTICA LIMITADA ha suscrito la cantidad de tres mil novecientas seis millones setecientas cincuenta y seis mil cincuenta y cinco acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; (d) SILVERSEA HOLDING (UK) LTD. ha suscrito la cantidad de siete mil ochocientas trece millones quinientas doce mil ciento nueve acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 8 de noviembre de 2024.