CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

THE FENIX FUND S.A.

RUT 48225907-3 CVE 2572916
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2024
Repertorio
17318/2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo abrir agencias, oficinas o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.-. 3)
Duración
Indefinida

Objeto social

1) La administración de recursos de terceros, entre ellos, la administración de fondos de inversión privado y la administración de recursos de personas y entidades, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley veinte mil setecientos doce y su reglamento contenido en el Decreto Supremo número ciento veintinueve del Ministerio de Hacienda del año dos mil catorce; 2) En general, desarrollar cualquiera otra actividad en las áreas de la administración de inversiones y)o activos de terceros; 3) Invertir en toda clase de bienes muebles corporales, administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas; 4) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los socios, conexa o relacionada con lo anterior; y 5) En general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Para el cumplimiento de dichos fines sociales la Sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clases u objeto, fondos, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, pudiendo además disolverlas y liquidarlas. En general, cualquier otra actividad. 4)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 8 de noviembre de 2024, ante mí, bajo el repertorio N°17.318/2024 (en adelante la “Escritura de Constitución”), don Edrizio de la Cruz, cédula de identidad para extranjeros N°48.225.907-3 y don Christian Dorffer, cédula de identidad para extranjeros N°48.225.911-1, debidamente representados por don Juan Ignacio Pitta Santos cédula de identidad para extranjeros N° 14.756.729-4, todos domiciliados para efectos en Avenida Alonso de Córdova N°4355, oficina 1003, vienen en constituir una sociedad anónima cerrada cuyos estatutos extracto. 1) NOMBRE: “THE FENIX FUND S.A.” (en adelante la “Sociedad”). 2) DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo abrir agencias, oficinas o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.-. 3) OBJETO: 1) La administración de recursos de terceros, entre ellos, la administración de fondos de inversión privado y la administración de recursos de personas y entidades, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley veinte mil setecientos doce y su reglamento contenido en el Decreto Supremo número ciento veintinueve del Ministerio de Hacienda del año dos mil catorce; 2) En general, desarrollar cualquiera otra actividad en las áreas de la administración de inversiones y/o activos de terceros; 3) Invertir en toda clase de bienes muebles corporales, administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas; 4) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los socios, conexa o relacionada con lo anterior; y 5) En general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Para el cumplimiento de dichos fines sociales la Sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clases u objeto, fondos, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, pudiendo además disolverlas y liquidarlas. En general, cualquier otra actividad. 4) CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $100.000.000, dividido en 100.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, el cual deberá quedar íntegramente suscrito y pagado en un plazo de tres años. El capital social se suscribe y paga de la siguiente manera: 1) Edrizio de la Cruz suscribe en este acto la cantidad de 98.000.000 acciones, pagando en este acto 9.800.000 acciones, por un valor equivalente a $9.800.000 en efectivo, las restantes 88.000.000 acciones suscritas deberán ser pagadas a un monto de colación mínimo de un $1 por acción, en plazo máximo de 3 años a contar de la fecha de la Escritura de Constitución. 2) Christian Dorffer, suscribe en este acto la cantidad de 2.000.000 de acciones, pagando en este acto 200.000 acciones, por un valor equivalente a $200.000 en efectivo, las restantes 1.800.000 acciones suscritas monto mínimo de colocación de $1 por acción, en un plazo máximo de 3 años contados a partir de la Escritura de Constitución. En el caso de que las acciones suscritas y pendientes de pago no sean pagadas dentro del plazo en el Artículo Primero Transitorio. indicado, el capital se reducirá de pleno derecho al monto efectivamente pagado. - 5) DURACIÓN: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada Santiago, 15 de noviembre de 2024.