DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRIMERA INFANCIA LIMITADA

RUT 76717380-6 CVE 2573221
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2024

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2024
Repertorio
12729-24
Notario
ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS
Domicilio
agrupación de Comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: que por escritura de fecha 15 de Noviembre de 2024, Repertorio N°12.729-24, otorgada ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, compareció don JARIM JOSÉ REINALDO SILVA TROPPA, chileno, soltero, Abogado, cédula de identidad número trece millones novecientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y cinco guión uno, domiciliado en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve, oficina mil cuatrocientos cuatro, comuna de Temuco, en representación de doña EUGENIA JEANETTE SCHOLZ BRANDT, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, Educadora de Párvulos, domiciliada en calle Los Asuncionistas N° 03287, comuna de Temuco, cédula nacional de identidad N° 9.659.667-7; y de doña JESSIKA MARIANA SCHOLZ BRANDT, chilena, empleada particular, casada en régimen de separación total de bienes, cedula nacional de identidad N° 12.166.646-4, domiciliada en Avenida Del Mar N° 800, Departamento 528, comuna de La Serena; conforme a lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, saneó y corrigió el vicio que afecta a la validez de la disolución de la sociedad PRIMERA INFANCIA LIMITADA, acordada por escritura pública de fecha dos de mayo del año dos mil veintidós, repertorio número cinco mil ochenta y siete guión veintidós, suscrita ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga, por no por no haberse publicado el extracto correspondiente dentro del plazo exigido por la ley.-. Demás estipulaciones escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 16 de Noviembre de 2024.-