Centro de Desarrollo Integral Tiempo Místico SpA
Instrumento
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “TIEMPO MISTICO E.I.R.L.”
- Domicilio
- en Conde del Maule N° 4528, comuna de Estación Central, Región Metropolitana
Objeto social
a) Compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos de deportivos, explotación de concesiones deportivas, así como su publicidad física y virtual, b) administración y explotación de un centro de desarrollo integral y de terapias alternativas, la investigación, desarrollo, enseñanza, difusión y practica tanto por cuenta propia como ajena de todas las disciplinas de desarrollo humano y conocimientos en general. c)- La prestación de servicios a terceros de enseñanza y cursos en general, la realización por cuenta propia y ajena de actividades deportivas y recreativas. d) la ejecución de actos de comercio de todo tipo y naturaleza, en especial la compra, venta, explotación, desarrollo, administración y gestión de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro. e) formación explotación y administración de establecimientos de comercio y otros negocios similares y servicios anexos al
Administración
La persona que actuará como representante legal de la sociedad, la administrará y usará la razón social será don Adolfo Leonardo Olate Valdés,
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la 40° Notaría de Santiago, Teatinos 332, Santiago. Certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: Adolfo Leonardo Olate Valdés, chileno, soltero, profesor, C.I. 12.409.264-7, de 51 años de edad, domiciliado en Conde del Maule N° 4528, comuna de Estación Central, Región Metropolitana. Por junta extraordinaria de accionista del Centro de Desarrollo Integral Tiempo Místico SpA, acordó, modificar y transformar a una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, “la empresa”, de conformidad a las prescripciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete de once de febrero del año dos mil tres, teniendo además presente las disposiciones del Código de Comercio. Razón social: “Centro de Desarrollo Integral Adolfo Olate Valdés E.I.R.L.”, nombre de fantasía: “TIEMPO MISTICO E.I.R.L.” Domicilio: en Conde del Maule N° 4528, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias y sucursales que establezca en cualquier otro punto del país o en el extranjero. Objeto: a) Compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos de deportivos, explotación de concesiones deportivas, así como su publicidad física y virtual, b) administración y explotación de un centro de desarrollo integral y de terapias alternativas, la investigación, desarrollo, enseñanza, difusión y practica tanto por cuenta propia como ajena de todas las disciplinas de desarrollo humano y conocimientos en general. c)- La prestación de servicios a terceros de enseñanza y cursos en general, la realización por cuenta propia y ajena de actividades deportivas y recreativas. d) la ejecución de actos de comercio de todo tipo y naturaleza, en especial la compra, venta, explotación, desarrollo, administración y gestión de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro. e) formación explotación y administración de establecimientos de comercio y otros negocios similares y servicios anexos al giro. f) para el cumplimiento de estos fines la empresa podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, subarriendos, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings, y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines, así como contratar y ofrecer todos aquellos servicios que sean necesarios, y en general toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que estime pertinente realizar. Administración y representación: La persona que actuará como representante legal de la sociedad, la administrará y usará la razón social será don Adolfo Leonardo Olate Valdés, Capital: será de un millón de pesos los cuales se ingresan y pagan en este acto al contado y en dinero efectivo. Duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno. Demás estipulaciones en ella. Santiago, 22 de agosto de 2024.