Celulosa Arauco y Constitución S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 16176-20204
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: Que en Junta Extraordinaria de Accionistas de Celulosa Arauco y Constitución S.A., celebrada con fecha 17 de octubre de 2024, cuya acta fue reducida a escritura pública ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal con fecha 4 de noviembre 2024, Repertorio N°16.176-20204, se modificaron los estatutos de la sociedad recién mencionada, escritura de la cual paso a extractar las materias señaladas en el inciso final del artículo quinto de la Ley N°18.046: Se acordó aumentar el capital social de 803.617.554,31 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 120.474.350 acciones, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno, a 2.003.611.156,81 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 138.745.350 acciones, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno: Capital autorizado: 2.003.611.156,81 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 138.745.350 acciones, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno; Capital pagado: 803.617.554,31 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 120.474.350 acciones, sin valor nominal; que la parte del capital suscrita y no pagada queda en 299.999.976,885 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 4.567.774 acciones, sin valor nominal; que el plazo para pagar las 4.567.474 acciones suscritas y no pagadas vence el 31 de diciembre de 2024; y que el plazo para pagar la totalidad del capital autorizado y no suscrito ni pagado vence el 31 de diciembre de 2026. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Noviembre de 2024.