MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN TRAYENKO LIMITADA

RUT 78175990-2 CVE 2572481
Fecha instrumento
21 de octubre de 2024
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2024
Notario
GERARDO ALFREDO CORTÉS GASAUI
Oficio
Novena Notaría Chillán
Comuna
Chillán

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ALFREDO CORTÉS GASAUI, Notario Público Novena Notaría Chillán, con asiento en Chillán Viejo, Erasmo Escala 550, CERTIFICO: Por escritura ante mí, con fecha 21/10/2024, REP. N° 2337-2024; don MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO, domiciliado en camino Colonia Bernardo O’higgins número mil setecientos treinta y uno, condominio Montes de Urra, casa seis, y doña MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, domiciliada en Nuestra Señora del Rosario número quinientos cincuenta, departamento quinientos cuatro, comuna de Las Condes, por sí y en representación de doña JEANETTE MICHELINE ELCANO SERENDERO, domiciliada en calle Cardenal Caro número treinta, comuna de Chillán, liquidaron comunidad hereditaria y modificaron “SOCIEDAD INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN TRAYENKO LIMITADA”, RUT N. 78.175.990-2; inscrita a fojas 220 vuelta, número 229 del año 1991, en el registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, en el siguiente sentido: Al fallecimiento del socio MARIO HUGO IBAÑEZ CIFUENTES, según consta de certificado de posesión efectiva folio N° 00022165195, inscrita bajo el N°51331 del año 2013, circunscripción Chillán, su sucesión la componen sus hijos, MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO y MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, y su cónyuge sobreviviente, JEANETTE MICHELINE ELCANO SERENDERO. Se procede a la liquidación de la comunidad hereditaria, adjudicándose MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO y MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, en partes iguales, la totalidad de los derechos de don Mario Hugo Ibáñez Cifuentes en la sociedad, que correspondían a un 33,33%. Se modifican los estatutos en el siguiente sentido: Uno) Quedan como únicos socios, MARIO ANDRÉS IBÁÑEZ ELCANO, con un 49.995%, y MARÍA CLAUDIA IBÁÑEZ ELCANO, con un 50,005% de los derechos sociales; Dos) Los socios ratifican en todas sus partes el pacto de social, sus modificaciones y, especialmente, la representación y uso de la razón social, la que recae indistintamente en ambos socios, tal como consta de los estatutos sociales y sus modificaciones. En todo lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social.Demás estipulaciones en escritura extractada.-Chillán Viejo, 23 de Octubre de 2024.