SOCIEDAD INGENIERÍA AGRÍCOLA Y FORESTAL METAL SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2024
- Notario
- GERARDO ALFREDO CORTÉS GASAUI
- Oficio
- Novena Notaría Chillán
- Comuna
- Chillán
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ALFREDO CORTÉS GASAUI, Notario Público Novena Notaría Chillán, con asiento en Chillán Viejo, Erasmo Escala 550, CERTIFICO: Por escritura ante mí, con fecha 21/10/2024, REP. N° 2337-2024; don MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO, domiciliado en camino Colonia Bernardo O’higgins número mil setecientos treinta y uno, condominio Montes de Urra, casa seis, y doña MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, domiciliada en Nuestra Señora del Rosario número quinientos cincuenta, departamento quinientos cuatro, comuna de Las Condes, por sí y en representación de doña JEANETTE MICHELINE ELCANO SERENDERO, domiciliada en calle Cardenal Caro número treinta, comuna de Chillán, liquidaron comunidad hereditaria y modificaron SOCIEDAD INGENIERÍA AGRÍCOLA Y FORESTAL METAL SUR LIMITADA, RUT. 78.175.980-5, inscrita a fojas 219 vuelta, N° 228, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 1991, en el siguiente sentido: Al fallecimiento del socio MARIO HUGO IBAÑEZ CIFUENTES, según consta de certificado de posesión efectiva folio N° 00022165195, inscrita bajo el N°51331 del año 2013, circunscripción Chillán, su sucesión la componen sus hijos, MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO y MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, y su cónyuge sobreviviente, JEANETTE MICHELINE ELCANO SERENDERO. Se procede a la liquidación de la comunidad hereditaria, adjudicándose MARIO ANDRES IBAÑEZ ELCANO y MARIA CLAUDIA IBAÑEZ ELCANO, en partes iguales, la totalidad de los derechos de Mario Hugo Ibáñez Cifuentes en la sociedad, que correspondían a un tercio. Se modifican los estatutos en el siguiente sentido: Uno) Quedan como únicos socios, MARIO ANDRÉS IBÁÑEZ ELCANO, con un 50%, y MARÍA CLAUDIA IBÁÑEZ ELCANO, con un 50% de los derechos sociales; Dos) Se modifica la razón social, modificando el artículo tercero que queda de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: El nombre o razón social será “SOCIEDAD METALSUR LIMITADA”, pudiendo también actuar en todo orden de asuntos y ante cualquier persona o institución, incluso ante bancos y ante el Servicio de impuestos internos, con el nombre de “METALSUR LTDA”.”; Tres) Por este instrumento, los socios ratifican en todas sus partes el pacto de social, sus modificaciones y, especialmente, la representación y uso de la razón social, la que recae indistintamente en ambos socios, tal como consta de los estatutos sociales y sus modificaciones. En todo lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Chillán Viejo, 23 de Octubre de 2024.