CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA

RUT 19541817-9 CVE 2572773
Capital
$2.600.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2024

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2024
Repertorio
12547-24
Notario
ELIANA ANDREA MARTÍNEZ CÁRDENAS
Domicilio
Titular doña Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$2.600.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA ANDREA MARTÍNEZ CÁRDENAS, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, Temuco, certifica: Por Escritura Pública de fecha 08 de Noviembre de 2024, Repertorio N°12.547-24, ante la Notario Público Titular doña Esmirna Vidal Moraga; doña CAMILA ANDREA TORRES ANCAMIL, chilena, abogada, soltera,, cédula de identidad N°19.541.817-9, domiciliada en calle Bernardo O’Higgins, N° 125, tercer piso, comuna de Temuco, quien comparece en representación convencional de don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, CI N°:10.266.578-3, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, CI N° 11.501.993-7, ambos domiciliados para estos efectos en Manuel Antonio Matta N°355, comuna y ciudad de Villarrica, rectificó y complementó la escritura pública de constitución de sociedad por acciones, de fecha 12 de septiembre del año 2024, otorgada ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga, escritura que tiene el repertorio N°10.326-2024, donde don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ constituyeron la sociedad por acciones denominada INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 43.974 de fecha 16 de octubre del año 2024 y se inscribió a Fojas 1102, Número 487 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2024. La sociedad posee un capital de $2.600.000.000.-. Rectificación. La compareciente en la representación que inviste, complementó y rectificó la escritura pública de constitución de sociedad por acciones INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, antes singularizada, en los siguientes términos: A) Modificó, suprimió y reemplazó el Artículo Primero Transitorio, relativo al aporte de capital, quedando esta de la forma en que pasa a exponerse, y manteniéndose inalterable en lo no rectificado expresamente:“Artículo Primero Transitorio. Capital y acciones. El capital social, según se establece en el Artículo Quinto de estos estatutos, asciende a la suma de $2.600.000.000.-, dividido en 5.200 acciones, todas nominativas, de una sola serie, y sin valor nominal, las cuales suscriben y pagan los accionistas de la forma que sigue: UNO.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, suscribe 3840 acciones, que equivalen a la suma de $1.920.000.000.-, las cuales paga en este acto mediante: A) EL APORTE EN DOMINIO DEL 70% DE LOS DERECHOS SOCIALES DE SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, los cuales se valorizan de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $1.252.408.337.-, cifra que corresponde al valor del aporte de capital efectivo corregido monetariamente a esta fecha para efectos tributarios; B) EL APORTE EN DOMINIO DEL 35% DE LOS DERECHOS SOCIALES DE ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, los cuales se valorizan de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $343.718.259, cifra que corresponde al valor del aporte de capital efectivo corregido monetariamente a esta fecha para efectos tributarios; C) EL APORTE EN DOMINIO DEL 33,3% DE LOS DERECHOS SOCIALES DE SOCIEDAD COMERCIAL AGRICOLA Y FORESTAL HUINCACARA LIMITADA, los cuales se valorizan de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $41.981.632.-, cifra que corresponde al valor del aporte de capital efectivo corregido monetariamente a esta fecha para efectos tributarios; D) EL APORTE EN DOMINIO DEL DEPARTAMENTO N°1910 DEL PISO 19, DE LA BODEGA N° 135 Y DEL ESTACIONAMIENTO N° 173, del tercer subterráneo, del Edificio ubicado en Avenida Presidente Kennedy número 5420, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, que se singulariza en una cláusula posterior, los que son avaluados de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $216.937.961, desglosándose el valor total de la siguiente forma: a) departamento N° 1910, rol de avalúo N° 943-420 de la comuna de Vitacura, con la suma de $196.005.351; b) Bodega, rol de avalúo N°943-776 de la comuna de Vitacura, con la suma de $5.708.893; y c) Estacionamiento, rol de avalúo N° 943-607 de la comuna de Vitacura, con la suma de $15.223.717, inmuebles singularizados conforme a su inscripción dominical, en el artículo tercero transitorio de la presente escritura; y E) EL APORTE DE DINERO ASCENDENTE A LA SUMA DE $64.953.811.-, al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en arcas de la sociedad; y DOS.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ suscribe 1360 acciones, que equivalen a la suma de $680.000.000.-, las cuales paga en este acto mediante: A) EL APORTE EN DOMINIO DEL 29% DE LOS DERECHOS SOCIALES DE SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, los cuales se valorizan de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $518.854.883.-, cifra que corresponde al valor del aporte de capital efectivo corregido monetariamente a esta fecha para efectos tributarios; B) EL APORTE EN DOMINIO DEL 15% DE LOS DERECHOS SOCIALES DE ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, los cuales se valorizan de común acuerdo por los comparecientes en la suma total de $147.307.825.-, cifra que corresponde al valor del aporte de capital efectivo corregido monetariamente a esta fecha para efectos tributarios; y C) EL APORTE DE DINERO ASCENDENTE A LA SUMA DE $13.837.292.-, al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en arcas de la sociedad. En virtud de lo anterior, todas las acciones en que se divide el capital de la sociedad que se constituye por este instrumento se encuentran totalmente suscritas y pagadas. Los accionistas que concurren a la constitución de la presente sociedad han acordado unánimemente que el pago y aporte de las acciones mediante el pago en dominio de derechos sociales y derechos en dominio que se han singularizado en los párrafos precedentes, corresponden al costo de adquisición reajustado en el caso de los bienes raíces; mientras que para los derechos sociales aportados se trata de los respectivos capitales efectivos corregidos monetariamente a esta fecha para efectos tributarios para cada caso.”; B) Agregó, complementó y reemplazó, el artículo segundo transitorio, reemplazandola íntegramente por la del siguiente tenor: “Artículo Segundo Transitorio. Autorización de los aportes de los derechos societarios y estado de los Bienes Raíces aportados. Se deja constancia que la autorización y aceptación de las transferencias y enajenación de los derechos sociales se realizará mediante escritura pública otorgada ante esta misma Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga, en un acto posterior. Se deja constancia además, que respecto al acto modificatorio de la SOCIEDAD COMERCIAL AGRICOLA Y FORESTAL HUINCACARA LIMITADA, será otorgada con fecha posterior ante esta misma Notaría u otra del país. En cuanto a los bienes raíces singularizados en el artículo tercero transitorio se aportan en dominio a INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, la cual los adquiere como especie o cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, con todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, y en general, libre de hipotecas, gravámenes prohibiciones, embargos, y cualquier otra limitación al dominio a excepción del fideicomiso que se constituye en este presente instrumento, y de la que a continuación se indica: Uno) Reglamento, inscrito a Fojas 23831, N° 28965, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2008; y Dos) Modificación de Reglamento inscrito a Fojas 30874, N°35777 en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009.”; y C) Modificó, y complementó únicamente, aquella parte del Artículo Cuarto Transitorio, número UNO), luego de donde dice: “(...) y a INVERSIONES RUIZ SpA, sociedad del giro de su denominación (...)”, se agrega la expresión: “Rol Único Tributario N° 77.971.085-8, domiciliada para esto efectos en Avenida Bernardo O’Higgins, N° 125, tercer piso, comuna de Temuco. (...)”, quedando en definitiva aquella parte como pasa a expresarse a continuación: “(...) y a INVERSIONES RUIZ SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 77.971.085-8, domiciliada para esto efectos en Avenida Bernardo O’Higgins, N° 125, tercer piso, comuna de Temuco, constituida en una escritura pública anterior con esta misma fecha doce de septiembre del año dos mil veinticuatro ante esta Notaría por don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, escritura que tiene el Repertorio número diez mil trescientos veinticinco guión dos mil veinticuatro, tengan o no la calidad de accionistas de la compañía al momento de la restitución (...)”. Se dejó expresa constancia que la presente escritura se tuvo como parte integrante de la escritura pública singularizada en la cláusula primera de la escritura extractada, quedando vigente en todo lo no modificado para todos los efectos legales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 16 de noviembre de 2024.