COMERCIAL Y TRANSPORTES SALAS Y CUEVAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 1220-2024
- Notario
- PABLO ANDRÉS GÁNDARA RIVEROS
- Domicilio
- Titular doña RUTH ALEJANDRA VILLALOBOS GUTIÉRREZ
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRÉS GÁNDARA RIVEROS, Notario Público Suplente de la Titular doña RUTH ALEJANDRA VILLALOBOS GUTIÉRREZ, con domicilio en calle Aníbal Pinto N°469, certifico: Por escritura pública 12 de Noviembre de 2024, Repertorio Nº 1.220-2024, don ROBERTO ANTONIO SALAS NOVOA, doña NORMA RUTH CUEVAS OSORIO, don ROBERTO IGNACIO SALAS CUEVAS y don ANTONIO EDUARDO SALAS CUEVAS, cedieron derechos sociales y modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Y TRANSPORTES SALAS Y CUEVAS LIMITADA”, rol único tributario setenta y seis millones doscientos nueve mil quinientos noventa y ocho guión K, constituida con fecha nueve de abril de dos mil doce, inscrita en el Registro de Comercio de Nacimiento, a fojas veintitrés, número veintiuno, correspondiente al año dos mil doce. Principales modificaciones: A) El socio don ROBERTO ANTONIO SALAS NOVOA, por el presente instrumento vende, cede y transfiere, parte de sus derechos sociales en la siguiente forma: A) Un veintiuno coma cero cinco por ciento de los derechos que le corresponden en la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Y TRANSPORTES SALAS Y CUEVAS LIMITADA”, ya individualizada, y que representa el veinte por ciento de participación social, a don ROBERTO IGNACIO SALAS CUEVAS, quien compra, adquiere y acepta para sí dicho porcentaje de la totalidad de los derechos sociales que al socio cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica; y B) un veintiuno coma cero cinco por ciento de los derechos que le corresponde en la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL Y TRANSPORTES SALAS Y CUEVAS LIMITADA”, ya individualizada, ascendente al veinte por ciento de participación social, a don ANTONIO EDUARDO SALAS CUEVAS, quien compra, adquiere y acepta para sí dicho porcentaje de la totalidad de los derechos sociales que al socio cedente le correspondía en la sociedad individualizada anteriormente y que por el presente acto se modifica. B) En consecuencia, de acuerdo a las cesiones ya mencionadas, don ROBERTO ANTONIO SALAS NOVOA, queda dueño de un cincuenta y cinco por ciento de los derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada ya individualizada; doña NORMA RUTH CUEVAS OSORIO, queda dueña de un cinco por ciento de los derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada; don ROBERTO IGNACIO SALAS CUEVAS, queda dueño de un veinte por ciento de los derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada; y don ANTONIO EDUARDO SALAS CUEVAS, queda dueño de un veinte por ciento de los derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada. C) De conformidad a las cesiones de derechos expresadas en este instrumento los únicos y actuales socios de la sociedad modifican la cláusula denominada artículo cuarto del estatuto social expresando que el capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, y que conforme a las cesiones realizadas se entiende que: A) El socio don ROBERTO ANTONIO SALAS NOVOA, ha aportado la suma de cinco millones quinientos mil pesos, pagados en el acto de constitución de la sociedad, equivalente al cincuenta y cinco por ciento del capital social y participación actual, de los derechos sociales. B) La socia doña NORMA RUTH CUEVAS OSORIO, ha aportado la suma de quinientos mil pesos, pagados en el acto de constitución de la sociedad, manteniendo su porcentaje del capital social y participación correspondiente al cinco por ciento de los derechos sociales, C) El socio don ROBERTO IGNACIO SALAS CUEVAS, en virtud de la cesión de que da cuenta este instrumento, ha aportado la suma de dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social y participación. D) El socio don ANTONIO EDUARDO SALAS CUEVAS, en virtud de la cesión de que da cuenta este instrumento, ha aportado la suma de dos millones de pesos, al contado en dinero efectivo, equivalente al veinte por ciento del capital social y participación. La responsabilidad y participación social queda limitada al monto de sus respectivos aportes. D) Los actuales socios acuerdan en este acto modificar la cláusula denominada artículo séptimo relativa a la administración en el sentido de mencionar que a partir de la presente escritura don ROBERTO ANTONIO SALAS NOVOA, doña NORMA RUTH CUEVAS OSORIO, don ROBERTO IGNACIO SALAS CUEVAS y don ANTONIO EDUARDO SALAS CUEVAS tendrán la representación, administración y uso de la razón social y del nombre de fantasía, quienes podrán actuar de consuno o separadamente, con idénticas facultades concedidas y contenidas en la señalada cláusula, las que se dan por reproducidas en este acto. En lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Nacimiento, 15 de Noviembre del 2024.