INVERSIONES LOS ABEDULES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de noviembre de 2024
- Notario
- Patricio Guillermo Corominas Mellado
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago con asiento en Lo Barnechea
- Comuna
- Santiago con asiento en Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- la duración de la Sociedad será de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Objeto social
la Sociedad tendrá por
Administración
corresponderá a Tomás Reinike Herman, Gerardo Andrés Reinike Herman, Christian Alberto Reinike Herman y Sebastián Reinike Herman, dos cualquiera de ellos, con las facultades estipuladas en la escritura extractada. 5)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Guillermo Corominas Mellado, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 7 de noviembre de 2024, ante mí: Sociedad de Inversiones RD SpA, domiciliada en calle Capullo N° 2.245, departamento 702, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Inversiones GRH SpA, domiciliada en calle Las Fresas N° 4.983, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; Inversiones CRH SpA, domiciliada en calle Guillermo Mac Donald N° 02581, comuna de Temuco, Región de La Araucanía; e, Inversiones SRH SpA, domiciliada en Avenida Martin Lutero N° 03006, casa 98, comuna de Temuco, Región de La Araucanía; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Razón social: Inversiones Los Abedules Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “Los Abedules Ltda.”. 2) Domicilio: el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. 3) Objeto social: la Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión y obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Asimismo, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de estas; y, b) Cualquier otro que los accionistas acuerden, y que esté directa o indirectamente vinculado con el objeto social. 4) Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a Tomás Reinike Herman, Gerardo Andrés Reinike Herman, Christian Alberto Reinike Herman y Sebastián Reinike Herman, dos cualquiera de ellos, con las facultades estipuladas en la escritura extractada. 5) Capital: el capital social asciende a la suma de $1.000.000, el cual es aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) Sociedad de Inversiones RD SpA aporta la suma de $250.000, equivalente aproximadamente al 25% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado en este acto, al contado y en efectivo; b) Inversiones GRH SpA aporta la suma de $250.000, equivalente aproximadamente al 25% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado en este acto, al contado y en efectivo; c) Inversiones CRH SpA aporta la suma de $250.000, equivalente aproximadamente al 25% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado en este acto, al contado y en efectivo; y d) Inversiones SRH SpA aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente aproximadamente al 25% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado en este acto, al contado y en efectivo. 6) Duración: la duración de la Sociedad será de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2024.