REPRESENTACIONES Y GESTIÓN DE NEGOCIOS CHILETOOLS SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2024
- Repertorio
- 846-2024
- Notario
- Gino Beneventi Alfaro
- Oficio
- 3° Notaría de Colina
- Comuna
- Colina
Objeto social
“CINCO” la explotación de yacimientos mineros, propios o arrendados y la producción, comercialización y exportación de minerales. 3) Se reforma lo dispuesto en los artículos duodécimo y el artículo segundo transitorio del estatuto de la sociedad, ampliando las facultades de administración de la administrador y gerente general de la sociedad. 4) se certifica el pago del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGino Beneventi Alfaro, Abogado, Notario Público, Titular de la 3° Notaría de Colina, con oficio en Avenida General San Martin N°66-68, local 8 B 1, Colina, certifico que: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de octubre de 2024, Repertorio 846-2024, compareció don Cristian Mauricio Anguita Villagrán, chileno, empresario casado con separación de gananciales, cédula de identidad 13,086,484-8, domiciliado en parque Brisas Norte N° 21559, casa 82 comuna de Colina, se procedió a modificar la sociedad por acciones denominada REPRESENTACIONES Y GESTIÓN DE NEGOCIOS CHILETOOLS SPA, con domicilio en Santiago, constituida por escritura pública de fecha 27/04/2009, en la Notaria de Puente Alto de don Eugenio Camus Mesa, repertorio número 1140-2009, cuyo extracto se inscribió a fojas 18800, número 12725, del Registro de Comercio de Santiago del año 2009, en el siguiente sentido: 1) Modificación del artículo primero de los estatutos de la sociedad, cambiando el nombre de la sociedad a “representaciones y gestión de negocios Chiletools Spa”, pudiendo también utilizar el nombre de Chiletools Spa. 2). Modificación del artículo tercero de los estatutos de la sociedad, agregando el siguiente giro al objeto social: “CINCO” la explotación de yacimientos mineros, propios o arrendados y la producción, comercialización y exportación de minerales. 3) Se reforma lo dispuesto en los artículos duodécimo y el artículo segundo transitorio del estatuto de la sociedad, ampliando las facultades de administración de la administrador y gerente general de la sociedad. 4) se certifica el pago del capital social. En lo no modificado rige pacto constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Colina, 24 de octubre de 2024.-