MOVIMIENTO DE TIERRA, ARRIMAND LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2024
- Repertorio
- 5125-2024
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Angeles
- Comuna
- Los Angeles
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Publico Titular, Cuarta Notaria de Los Angeles, Caupolican N° 355, Los Angeles, certifico: Que, por escritura pública de fecha 25 de Octubre de 2024, Repertorio N° 5125-2024, ante mi, don RODRIGO ALEJANDRO PEREZ GARCIA, Abogado, c.i 11.244.492-0, calle Eleuterio Ramírez 331, comuna de Los Ángeles,, debidamente facultado para estos efectos, en virtud de mandato convencional como se acreditaráen adelante. Primero. Por escritura pública, otorgada con fecha 25 de marzo de 2024, bajo el Repertorio 1515-2024, Notaria Juan Mauricio Araneda Merdina, Los Angeles, se modificó la sociedad “MOVIMIENTO DE TIERRA, ARRIMAND LIMITADA”, con ocasión de la venta y o cesión de derechos societarios, y cuyo capital es la suma de $60.000.000. Con posterioridad y frente a una omisión de esta parte, plazo legal vencido, se procede a suscribir por esta, ante este Notario que autoriza, con fecha 29 de julio del presente año, una Escritura Pública denominada “Escritura de Saneamiento “ Movimiento de Tierra Arrimand Limitada”, y su correspondiente extracto con fecha 31 de julio, además de su Código de Verificación dos cinco dos siete seis cinco cero y publicada en el diario oficial defecha 2 de agosto del presente año e inscrita a fojas 515, numero 323 del registro de Comercio de esta comuna del año2024. Todo lo anterior fuera del plazo legal. Segundo. Por una omisión involuntaria, no se alcanzó a inscribir ni publicar la escritura y el extracto de Saneamiento anterior, dentro del plazo legal siendo esto causal de nulidad de la escritura de Saneamiento antes señalada. Por este instrumento y en este acto el compareciente, haciendo uso de lo dispuesto en la ley, vienen en sanear dicho vicio, mediante el extracto de esta escritura, que permite su inscripción y publicación junto con el anterior.- Tercero. Personería. La personería y faculatades del compareciente don RODRIGO ALEJANDRO PEREZ GARCIA, para actuar en este acto, emana de la cláusula sexta de la escritura de modificación de sociedad otorgada en esta misma Notaria, y mencionada en la clausula primera , esto es escritura pública, otorgada con fecha 25 de marzo de 2024,,bajo el Repertorio 1515-2024, Instrumento que el notario que autoriza tiene a la vista para todos los efectos legales. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles a 12 de noviembre de 2024.