ASESORÍAS E INVERSIONES INCOVE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2024
- Comuna
- Suplente
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, Abogada, Notaria Suplente, del Titular de la 43° Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2024, ante mí, doña ANDREA ISABEL TORRES CORREA, con domicilio en Vicuña Mackenna N°4192, Depto. N°1006 T1, Macul; don ERLAND EDUARDO FLORES MELLA, con domicilio en Lucila De María N°1232, Quillota; y don RUBÉN BARUCE ARCE VARGAS, con domicilio en Gabriela Mistral N°342, Quillota. Modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “ASESORÍAS E INVERSIONES INCOVE LIMITADA”; inscrita a fojas 7907, N° 4876, del año 2015 del Registro de Comercio de Santiago. - DE LOS SOCIOS: Los únicos y actuales socios son: Doña ANDREA ISABEL TORRES CORREA, con un 20% de participación social; don RUBÉN BARUCE ARCE VARGAS, con un 80% de participación social. CAPITAL: $1.000.000 de pesos.- CESIÓN DE DERECHOS: a) Doña ANDREA ISABEL TORRES CORREA, quien se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 20% del capital social, a don ERLAND EDUARDO FLORES MELLA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $200.000.- pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. - SOCIOS DESPUÉS DE LA CESIÓN: ERLAND EDUARDO FLORES MELLA, con un 20% de participación social; y RUBÉN BARUCE ARCE VARGAS, con un 80% de participación social.- MODIFICACIÓN: Los actuales socios, a consecuencia de la cesión de derechos anterior, de común acuerdo determinaron lo siguiente: La modificación del artículo SEXTO de los estatutos sociales, quedando de la siguiente manera: El Capital de la sociedad asciende a la suma de un $1.000.000.- de pesos, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente manera: don ERLAND EDUARDO FLORES MELLA, con el 20% de los derechos sociales, equivalentes a $200.000.- pesos, y don RUBÉN BARUCE ARCE VARGAS, con el 80% de los derechos sociales, equivalentes a $800.000.- pesos. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2024.