CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

REVERE SpA

RUT 13832525-3 CVE 2570369
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2024
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2024
Comuna
Huechuraba

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la recuperación, reciclamiento y la venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos recuperables inertes y no peligrosos generados por terceros, y en general, ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, Franz Joseph Kramer Solé, cédula de identidad 13.832.525-3, y Catalina Silva Guzmán, cédula de identidad 14.119.943-9, ambos domiciliados en Álvaro Casanova 375, casa 1, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: REVERE SpA. Objeto social: La Sociedad tendrá por objeto la recuperación, reciclamiento y la venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos recuperables inertes y no peligrosos generados por terceros, y en general, ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Capital social: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, moneda nacional, dividido en 100 acciones ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal, y del mismo valor cada una, se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la forma señalada en el artículo 1° transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 8 de noviembre de 2024.