CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Morro Norte Limitada

RUT 5546385-9 CVE 2570331
Capital
$1.671.217 CLP
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2024
Repertorio
13894-2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.671.217 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarte nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos
Ley aplicable
ley 3.918

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: (a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones, derechos sociales y cuotas de fondos de inversión, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; (b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros, tales como contratos de compraventa, promesas de compraventa en verde o blanco, opciones, activos de renta, derechos, permisos, autorizaciones u otros similares; (c) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y)o explotarlas, por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; y (d) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivo señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad

Administración

La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Pablo Sergio Alcalde Saavedra, quien anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 6 de noviembre de 2024, repertorio Nº13.894- 2024, ante mí, (i) don Pablo Sergio Alcalde Saavedra, cédula de identidad número 5.546.385-9, y (ii) Inversiones Maipo Limitada, rol único tributario número 79.692.690-2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Costanera 4040, oficina 41, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la ley 3.918, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: El nombre de la sociedad o su razón social es Inversiones Morro Norte Limitada (la “Sociedad”). Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Pablo Sergio Alcalde Saavedra, quien anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.671.217.795 que los socios aportaron de la siguiente manera: (i) Inversiones Maipo Limitada, la suma de $151.915 en dinero, equivalente al 0,01% del capital social; y (ii) don Pablo Sergio Alcalde Saavedra, la suma de $1.671.065.880, equivalente al 99,99% del capital social, mediante el aporte en dominio a la Sociedad del Sitio número nueve del Sector Z, resultante de la subdivisión del resto de la propiedad ubicada en Zapallar, comuna de Zapallar, Provincia de Petorca, conocida como “El Morro o Cerro Morro”, que formaba parte del Fundo Zapallar, o Hijuela denominada del Balneario de Zapallar, Mariana Ovalle de Pérez y Compañía Limitada según plano archivado en el Conservador de Bienes Raíces de la Ligua, el año 1997, con el número 210. Objeto: El objeto de la Sociedad es: (a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones, derechos sociales y cuotas de fondos de inversión, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; (b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros, tales como contratos de compraventa, promesas de compraventa en verde o blanco, opciones, activos de renta, derechos, permisos, autorizaciones u otros similares; (c) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; y (d) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivo señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarte nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 11 de noviembre de 2024.