MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Profesionales Quiroz Abogados Limitada

RUT 77594486-2 CVE 2569752
Fecha instrumento
11 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2024
Repertorio
5806-2024
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio ubicado en Avenida La Dehesa número 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifico: Que por escritura pública otorgada ante CATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de fecha 11 de octubre de 2024, repertorio N°5806-2024, don Alejandro Alberto Pardo Krell, actuando por sí y en representación de los señores Hernán Eugenio Quiroz Valenzuela y Jorge Baeza Torrealba, todos domiciliados en Avenida La Dehesa N°1822, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, complementaron la escritura pública otorgada ante mí, el día 06 de agosto de 2024, repertorio N°4506-2024, con el objeto de modificar la administración de la sociedad Servicios Profesionales Quiroz Abogados Limitada, agregando al final de la cláusula cuarta de la escritura primitiva el siguiente texto: “Asimismo, los señores Hernán Eugenio Quiroz Valenzuela y Jorge Baeza Torrealba, en su calidad de únicos socios de la sociedad Servicios Profesionales Quiroz Abogados Limitada, convienen en modificar el artículo séptimo de los estatutos de la sociedad, reemplazando sólo la parte que dice ‘La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a cada uno de los socios, quienes, actuando en forma separada e indistinta y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades’, por el siguiente texto: ‘La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Hernán Quiroz Valenzuela y Jorge Baeza Torrealba, quienes, actuando de forma separada e indistinta y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades’”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de octubre de 2024.